Page 44 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes
                    Del mismo modo en la que advierte que ningún Juez o Tribunal pueda
            recibir justificación a los indios de su nobleza y descendencia de los antiguos
            reyes de su gentilidad, sino que quede reservado a Vuestra Merced, pues en-
            tiende la Junta que no se les debe privar absolutamente de la facultad que to-
            dos tienen de justificar ante los tribunales y jueces legítimos lo que convenga a
            su derecho y el de sus familias, en cuanto a su distinción y nobleza en general
            y sólo si convendría que ninguno les / .   admita información u otra cualquie-
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            ra exposición que mire a probar descendencia, enlace o parentesco con los
            antiguos emperadores de su gentilidad, sin previa comisión de la respectiva
            audiencia despachada a solicitud del Protector de aquellos naturales; y que
            ejecutada se haya de presentar en la misma audiencia, la que sin aprobarla
            ni reprobarla mandará dar testimonio a la parte interesada, (sino hallare in-
            conveniente) con la calidad de que no haga prueba ni pueda producir efecto
            alguno, sin que preceda su presentación a Vuestra Merced y real permiso para
            hacer uso de él en juicio o fuera de él.

            (Al margen: Este punto está ya resuelto por Su Majestad y comunicada su
            decisión en las órdenes de 21 de abril de 1782, que se deben observar con la
            mayor exactitud).


                    Mas inconvenientemente halla la /.   Junta en cuanto dispone sobre la
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            extinsión de caciques, atendidas las actuales circunstancias y lo que acaba de
            suceder en aquellos dominios. Entiende que convendrá ir desterrando poco a
            poco todo lo que recuerde la antigüedad y gentilismo de los indios, pero con
            cuidadosa política y de forma que fácilmente no adviertan las intenciones y
            fines con que se ejecuta. Y asi cree será mejor medio que se prevenga a los
            virreyes, audiencias y gobernadores, que en la selecciones de caciques que se
            les ofrezca hacer vayan introduciendo el nombre de alcalde u otro equivalente,
            pero que por ahora no hagan novedad en los /.   reconocidos por legítimos en
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            virtud de derecho de sangre, que no son muy pocos, según ha experimentado
            Don Antonio Porlier en aquel reyno; y sólo si que vean, como se puede ir des-
            terrando hasta en ellos el nombre de cacique y la sucesión de los cacicazgos en
            los casos que ocurran de falta de descendientes a lo menos varones y otros que
            pongan en cuestión o duda el derecho de suceder en él por cualquiera causa
            que sea hasta que lleguen a extinguirse y olvidarse; y que queden reducidos a
            personas propuestas y nombradas por el gobierno .



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