Page 578 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
                                                           La defensa del obispo Moscoso: Cargo 14º
            nada se le oculta, que por lo que a mi respecta, merezco de las Divinas Mise-
            ricordias la conformidad christiana y es mi animo sufrir sin ofender, pues
            tengo presente la ley real que previene, no debe ser feridor el Prelado.— Asi
            concluyo, implorando el auxilio de Usia y pidiendole por este oficio, que para
            detener el impetu de las voces, que han sido materia de esta representacion, se
            sirva mandar por un auto, que se publique a voz de pregon, no se atrevan en
            adelante a infamar en conversaciones publicas o privadas, ni en cartas o libe-
            los al estado eclesiastico y que los que fueren sabedores del crimen de algun
            clerigo sobre articulos de sublevacion, pongan la denuncia o acusasion en for-
            ma ante Usia, que por mi pasaré tambien a explicar la potestad espiritual que
            tengo para cortar en virtud de las censuras los abusos que son pecados morta-
            les con la circunstancia del escandalo.— Creo, que Usia condescenderá a mi
            suplica, obrando con la benignidad y justicia que acostumbra, dandome licen-
            cia para proceder a lo que me obliga la ley. Usia es un rico deposito de todas
            las comunes y municipales del reyno pero se dignará de acceder a mi devil
            modo de pensar y escrivir, permitiendome que transcriba la real de partida, en
            que la potestad suprema ordenó la forma en que deben ser respetados los ecle-
            siasticos y castigados por las jurisdicciones real y eclesiastica los infractores de
            santa disposicion. Honrar y guardar deben mucho (dice) los legos a los cleri-
            gos, cada uno segun su orden y la dignidad que tiene. Lo uno por que son
            medianeros entre Dios y ellos. Lo otro por que honrandolos honran a la santa
            Yglesia cuyos servidores son y honran la fé de Nuestro Señor Jesuchristo, que
            es cabeza de ellos, porque son llamados christianos. Y esta honra y esta guarda
            debe ser hecha en tres maneras, en dicho, en hecho y en consejo. Porque en
            dicho no los deben maltratar, ni disfamar, ni en hecho matar, ni herir, ni des-
            honrar prendiendolos, ni tomandoles lo suyo, ni otro si en consejo aconsejan-
            do a otro que les haga estas cosas sobredichas; por donde qualquiera que con-
            tra esto hiciese fuera de la pena que merece haver, segun manda la santa
            Yglesia, debesela dar el Rey, segun su arbitrio con atencion al hierro, al autor
            de él, a la persona ofendida y al tiempo y lugar en que lo fue.— Despues de
            tanta confianza, solo me resta reproducir mis respectuosos afectos a Usia, pi-
            diendo a Nuestro Señor le guarde muchos años.— Cuzco y mayo siete de mil
            setecientos ochenta y uno.— Besa la mano de Usia su mas atento servidor y
            seguro capellan.— Juan Manuel Obispo del Cuzco.— Mui Ylustre Señor Visi-
            tador General Don Josef Antonio de Areche.





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