Page 86 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 4
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Volumen  4
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            más capitanes que sostenían sus viles ideas, invadiendo las provincias para su-
            jetarlas a su obediencia, condenando al último suplicio al que no obedecía las
            órdenes suyas o de su marido, siendo causa de muchas muertes, de las que se
            gloriaba cuando tenía noticia, cuya alegría demostraba públicamente, siempre
            que le venía aviso de alguna acción favorable; esforzando y animando a los
            indios, dando bastones de Coroneles a los que creía más adictos; hablando
            con horror de los españoles, y con expresiones que imprimiesen mayor odio
            a los naturales, ofreciéndoles que sólo pagarían tributo pero no otro derecho
            alguno, gozando de la propia libertad que gozaban en tiempo de su idolatría,
            profiriendo en sus conversaciones palabras que denotaban que aspira a reinar;
            haciéndose por este motivo obedecer con más rigor que su marido, despre-
            ciando las sagradas armas (excomuniones) de la Iglesia, quitándolas de las
            puertas de ella donde las veía fijadas; y sustituyendo en su lugar edictos suyos;
            publicando bandos, dando comisiones, nombrando quienes se hicieran cargo
            de la administración de sacramentos, mandando cerrar las iglesias cuando le
            parecía; dando pases para que sus soldados no impidiesen a los de su facción;
            escribiendo cartas a fin de publicar los felices sucesos de su marido, encami-
            nados como se explicaba escandalosamente, a librar el Reino de los tantos pe-
            chos y cargas; pidiendo le enviasen gente, con pena de la vida al inobediente.
                    Observando los términos del Derecho, haciendo de Acusador Fiscal el
            Doctor don Pablo de Figueroa, y de Defensor Don Gregario Murillo, ambos
            abogados de la Real Audiencia de Lima, vistos los autos y lo que de ellos resulta:
                    Fallo, atento al mérito de ellos y por los crímenes que se hallan com-
            probados,’ que debo de condenar y condeno a Micaela Bastidas en pena de
            muerte (28); y la justicia que le mando hacer es que sea sacada de este cuartel,
            donde se halla presa, arrastrada. con una soga de esparto al cuello, atados. pies
            y manos, con voz de pregonero que publique su delito, siendo llevada en esta
            forma al lugar del suplicio, donde se halla un tabladillo, en que por su sexo y
            consultando la decencia, se la sentará y ajustará al, garrote, cortándosela allí
            la lengua, e inmediatamente se la hará morir con el instrumento; lo que ve-
            rificado se la colgará en la horca, sin que de allí la quite, hasta que se mande,
            persona alguna. y luego será descuartizado su cuerpo, llevando la cabeza al
            cerro de Piccho, que será fijada en una picota, con una tarja en que se leerá su
            delito; un brazo a Tungasuca, otro a Arequipa, y una de las piernas a Carabaya
            conduciéndose lo restante de su cuerpo al mismo cerro de Piccho, donde será
            quemado con el de su marido, en el brasero que estará ahí, dando razón



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