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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            fechas que sean los testimonios, y estos, originales para su enguarda de su
            derecho.— Gabriel de Ugarte.
                    Proveimiento.— Proveió, y firmó el Decreto de suso al Señor General
            Don Gabriel de Ugarte Vesino Mayorasgo, Alferes Real del Inssigne Cavildo,
            Justisia y Regimiento de esta gran ciudad del Cuzco, y alcalde de primer voto
            en ella, y de mil setecientos cincuenta y ocho años.— Ante mí Thorivio de
            Alarcón.— Escrivano Público y mayor de quentas y recidencias.
                    Testimonio de Relación. Yo Thorivio de Alarcón, escribano público y
            mayor de quentas y de rentas de esta Gran ciudad del Cuzco del Perú y de las
            Provincias del distrito de su Real Caja, en cumplimiento de lo mandado por
            el Decreto de enfrente certifico doy fee y verdadero testimonio a los Seño-
            res que el presente vieren, como haviendo manifestado ante el Señor General
            don Gabriel de Ugarte, vesino alcalde ordinario de primer voto de esta dicha
            ciudad, y su jurisdicción por Su Magestad Don Nicolás Ximenez de Sisneros
            Sauaraura Inga Govemador y Cacique principal de la Parrochia de señor San-
            tiago de esta ciudad unos papeles libro de Cofradía con la Executoria Real, y
            otros títulos que iran expresados por sus ordenes, por escrito que dio merito
            para el dicho Decreto, y el dicho libro forrado en pergamino, que se intitula
            libro de las quentas del Santísimo Sacramento, que se celebró en la Iglesia de
            la Parroquia del Señor Santiago en el qual parecen todos los alcances, y maior-
            domos que han servido a esta Santa Cofradía, y las visitas que tienen dadas a
            los Ilustrísimos Señores Obispos, que han sido, y es hasta el tiempo presente
            el señor Doctor Don Juan de Castañeda Velasquez, y Salazar con cuentas to-
            madas cada una en su tiempo, y siendo uno de ellos el dicho Nicolás Ximenes
            de Sisneros Sauaraura Inqa, que hasta hoy se halla sirviendo a la dicha Cofra-
            día desde el año pasado de mil setecientos treinta y quatro, que han mediado
            veinte y quatro años de su servicio personal, y caudal suplido de su peculio, a
            fin de que el culto divino se mantenga con aquella decencia necesaria, siempre
            viene alcanzando a la dicha Cofradía como mas individualmente parece de
            dichas quentas, y de la ultima, que viene arrastrando a las demás hasta veinte,
            y cinco de Julio del año próximo pasado de mil setecientos sinquenta y siete
            a que me remito.— Y en quanto a sus servicio personales por el empleo que
            obtiene de tal governador, y casique principal propietario demostró asi mes-
            mo un escripto original presentado ante los Señores Juezes Oficiales Reales de
            esta Real Caja del Cuzco sobre los enteros. y pagas efectivas que tiene echas
            en dicha Caja Real, hasta el día cinco de Mayo de este presente año de mil



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