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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            Calderón al pareser son suyas, y de las que acostumbran. Y para que de ello
            conste donde combenga, doy la presente en esta ciudad del Cuzco en veinte,
            y un dias del mes de Septiembre de mil setecientos ochenta y dos.— de man-
            dato judicial y pedimento de parte.— Y en fee de ello lo firmo.— Thomas de
            Gamarra Escrivano Público.
                    Pedimento.— Señores Alcaldes. El Bachiller Don José Rafael Sauarau-
            ra, Cura Coadjutor de la Doctrina de Juliaca en la Provincia de Lampa como
            mas aya lugar en derecho paresco ante Vuesamerced, y digo: que con motivo
            del havernos juntado en el Pueblo el dia del aniversario del finado Don Pedro
            Sauaraura mi hermano me dijo Don Ildefonso Santos Arregui publicamente
            de que sentía mi destino para el Collao, por lo mal mirado y odiado que es-
            taba por los Tupac Amaros, y sus sequaces; según oio hablar en Pucacasa casi
            a todos.— Pareciome locosidad su hijo, pero haviéndome acampado en este
            Quiquijana, y savido sus moradores mi paso para la enunciada doctrina me
            han informado tantas cosas, que he llegado a tener justos reselos para no dar
            ligero curso a mi ministerio; por lo que ocurro al Jusgado de Vuesas Mercedes,
            para que atento a lo que llevo relacionado se sirvan resevir me sumaria infor-
            mación de testigos que comprueben los motivos de mi detención, por conve-
            nir asi a mi derecho; Por tanto. A Vuesas Mercedes ido y suplico, que haviendo
            esta por presentada, asi lo provean, y mandan, y se me vuelvan originalmente
            las diligencias actuadas para usar de mi derecho, que será merced con justicia,
            la que espero alcanzar, juro en lo necesario y para ello etcétera. Josef Rafael de
            Sauraura. Quiquijana, y Noviembre veinte y sinco de setecientos ochenta, y uno.
                    Decreto.— Por presentada: En atención a lo que esta parte represen-
            ta resívasele la información de testigos, que promete dar, cuia diligencia se
            practicará ante nos; y fecha que sea se le debolverá originalmente para los
            recursos que le puedan convenir: así lo proveimos, mandamos y firmamos,
            con los testigos de nuestra asistencia, a falta de escrivano, que no los hay en
            esta provincia. Ante mí. Adrian Enriquez Almaor. Leandro Palomino, Alcalde
            Ordinario. Marcos de Zalas. Pedro Camacho.


                    Testigos.— En el pueblo de San Pedro de Quiquijana, provincia de
            Quispicanche, en veinte y siete dias del mes de Noviembre de mil setecientos
            ochenta, y uno: Parecieron Don Lucas Roxas, y Don Isidro Zalas, Españoles,
            vecinos de este Pueblo, Ante nos, y testigos a quienes los conocemos y damos
            fee, y haviendo hecho el Juramento por Dios Nuestro Señor, y a una seña de



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