Page 514 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 4
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NOTIFICACIÓN DE AUDIENCIA DEL CUSCO


                   Cuzco y Mayo 16 de 1782.— Como lo pide el Promotor Fiscal, en su
            consecuencia, hágasele a Don Domingo Escalante la notificación correspon-
            diente. Así lo proveyó, mandó y firmó el Juez Comisionado.— Dr. Isunza.—
            Ante mi.— Carlos Rodríguez de Ledesma.— Notario Público.



                   En el referido día, mes y año, yo el Notario leí y practiqué el decreto que
            antecede al Licenciado Dr. Domingo de Escalante, Presbítero, en su persona; de
            que doy fe.— Ledesma.
                   En la ciudad del Cuzco en 17 del mes de Mayo de 1782 años, el Señor
            Don Matías de Isunza, Presbítero Abogado de la Real Audiencia de los Reyes,
            y Juez comisionado para el conocimiento de esta causa, en conformidad de lo
            mandado por el decreto que antecede, mando comparecer al Licenciado Don
            Domingo de Escalante, Presbítero, de quien, por ante mí, el infrascrito Notario
            le recibió juramento, que lo hizo in verbo sacerdotis tacto pectore, según forma
            de derecho, so cargo de él prometió decir verdad de lo que supiere y se le fuere
            preguntado; y siéndolo: que en qué se ha ejercitado, desde el principio de la
            Rebelión hasta el día de hoy; dijo, que en la guerra de dicha Rebelión estuvo de
            Ayudante y Cuaresmero en el pueblo de Marcaconga, anexo de la Doctrina de
            Sangarara, y que después se retiró a su casa, que se halla en el pueblo de Acos,
            Doctrina de este nombre y provincia de Quispicanche, donde se ha mantenido
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