Page 200 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen  3
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            sueldo correspondiente para su congrua sustentacion; de todo lo que se ha de
            dar cuenta a su Magestad en primera ocasión con testimonio del Expediente,
            para que la Real voluntad determine lo que sea de su soberano agrado; im-
            primiendose desde luego este Vando en copioso numero de Exemplares para
            que por mi Secretaria de Cámara se repartan y distribuyan como convenga,
            y se pasen especialmente a los Tribunales de la Superintendencia general de
            la Real Aduana, y del Consulado para los efectos que respectivamente corres-
            pondan; poniendose uno de ellos en el Expediente citado; y para que llegue a
            noticia de todos se publique en todas las Ciudades, Villas y Pueblos del Reyno,
            a cuyos Corregidores y Justicias se remitan los suficientes Exemplares a este
            fin, y el de que los hagan fixar en los lugares publicos y acostumbrados. Que
            es fecho en la Ciudad de los Reyes del Perú a 9 de Diciembre de 1780.- Dn.
            Agustín de Jauregui.- Por mandado de su Exa. mi señor.- Simón de Dolarea.




            (NY.P.L.R.C., Paz, Tomo II, pp. 433 - 435).








































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