Page 192 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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RESOLUCIÓN EN DONDE SE DEROGAN LOS REPARTOS
En la Ciudad de los Reyes del Perú, en siete de Diciembre de mil
setecientos ochenta; estando en el Real Acuerdo el Excelentísimo Señor
Don Agustín de Jáuregui, Caballero del Orden de Santiago, del Consejo de
Su Majestad, Teniente General de sus Reales Ejércitos, Virrey, Gobernador
y Capitán General de los Reinos del Perú y Chile, y Presidente de la Real
Audiencia de esta Capital; el Señor Don Antonio de Areche, Caballero de la
Real y distinguida Orden de Carlos Tercero, del Consejo de Su Majestad en el
Supremo de Indias, Subdelegado de la Real Renta de Tabaco, Superintendente
de la Real Hacienda, Intendente de Ejército, y Visitador General de los
Tribunales de Justicia, Cajas y Ramos de Real Hacienda de este Reino del Perú,
el de Chile, y Provincias del Río de la Plata; y los Señores Don Melchor Jacot
Ortiz Rojano del Consejo de Su Majestad, Don Gaspar de Urquizu Ibáñez, Don
Antonio Hermenegildo de Querejazu y Mollinedo, del Orden de Santiago, del
Consejo de Su Majestad en el Real y Supremo de Indias, Don Pedro Antonio
Echeverz, Don Manuel de Mancilla, el Marqués de Corpa, Don Manuel Antonio
Arredondo, Don Benito de la Mata Linares, Don José Ferrer, y Don Melchor
de Santiago Concha, Regente y Oidores de esta Real Audiencia, a que asistió
el Señor Fiscal Don José de Castilla Caballero; se vió y confirió el grave asunto
propuesto por el Excelentísimo Señor Virrey, y el Señor Visitador General,
sobre si en las críticas circunstancias del estado presente de las cosas en que se
está experimentando la sucesiva sublevación de diferentes provincias del Reino