Page 192 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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RESOLUCIÓN EN DONDE SE DEROGAN LOS REPARTOS


                    En la Ciudad de los Reyes del Perú, en siete de Diciembre de mil
            setecientos ochenta; estando  en el  Real  Acuerdo el  Excelentísimo Señor
            Don Agustín de Jáuregui, Caballero del Orden de Santiago, del Consejo de
            Su Majestad, Teniente General de sus Reales Ejércitos, Virrey, Gobernador
            y Capitán General de los Reinos del Perú y Chile, y Presidente de la Real
            Audiencia de esta Capital; el Señor Don Antonio de Areche, Caballero de la
            Real y distinguida Orden de Carlos Tercero, del Consejo de Su Majestad en el
            Supremo de Indias, Subdelegado de la Real Renta de Tabaco, Superintendente
            de la Real Hacienda, Intendente de Ejército, y Visitador General de los
            Tribunales de Justicia, Cajas y Ramos de Real Hacienda de este Reino del Perú,
            el de Chile, y Provincias del Río de la Plata; y los Señores Don Melchor Jacot
            Ortiz Rojano del Consejo de Su Majestad, Don Gaspar de Urquizu Ibáñez, Don
            Antonio Hermenegildo de Querejazu y Mollinedo, del Orden de Santiago, del
            Consejo de Su Majestad en el Real y Supremo de Indias, Don Pedro Antonio
            Echeverz, Don Manuel de Mancilla, el Marqués de Corpa, Don Manuel Antonio
            Arredondo, Don Benito de la Mata Linares, Don José Ferrer, y Don Melchor
            de Santiago Concha, Regente y Oidores de esta Real Audiencia, a que asistió
            el Señor Fiscal Don José de Castilla Caballero; se vió y confirió el grave asunto
            propuesto por el Excelentísimo Señor Virrey, y el Señor Visitador General,
            sobre si en las críticas circunstancias del estado presente de las cosas en que se
            está experimentando la sucesiva sublevación de diferentes provincias del Reino
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