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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
otro fiscal que su párroco, y finalmente, se restablecería el reino y pondria en
su mayor opulencia.
212. Advertidos bien todos los puntos de este manifiesto, y que para
la práctica y ejecucion de ellos no son necesarias otras ordenanzas ni leyes
que las que están justificadamente establecidas, sería conveniente ponerles en
uso, y que á los trangresores se les penase sin dispensa ni disimulo, obligando
principalmente á los corregidores y curas al más puntual cumplimiento de sus
cargos, castigando sus excesos con severidad, pues gratificados con los me-
dios propuestos, no tendrian necesidad de buscar otros, para tener ambiciosas
conveniencias, y en unos y otros sería más permanente la utilidad que les pro-
dujesen estas dotaciones, que las indebidas y escrupulosas utilidades que has-
ta aquí han adquirido, pudiendo asegurarse que los reatos de su restitucion,
con las infinitas resultas de sus agravios, hacen imposible la satisfaccion con
triplicadas cantidades; y son unas fingidas conveniencias que las desvanecen
prontamente el propio delito con que las castiguen, y así ven diariamente co-
rregidores que suponiendo haber utilizado en sus oficios 100.000 y más pesos,
á los dos y tres años se hallan en estado de mendiguez; y si se beneficiasen los
medios que se proponen, podrán serles durables sus ahorros.
213. Sería más fácil el establecimiento de todo, si se nombrasen para
los empleos sujetos adecuados y que en las principales ciudades y villas se
pusiesen personas justificadas de carácter y graduacion, dándoles reglas de
integridad y rectitud los vireyes, Reales audiencias y obispos, pues los súb-
ditos se moderan en sus operaciones por la imitacion de su ejemplo ó por el
temor del castigo; y éste es el mayor fundamento para el remedio, y aunque
esto puede dudarse de la justificacion de muchos de aquellos superiores, y que
remediarán los daños que lleguen á entender, todavía son necesarias nuevas
prevenciones, y que el inagotable celo de V. M. y amor á sus vasallos reencar-
gue el buen efecto de su alivio.
214. En los obispos desinteresados y justos consiste el reparo de los
males que ocasionan los curas desordenados y tiranos, y se les debe encargar
su reforma y moderacion; y no hay duda que de la cuidadosa intencion de
estos prelados resultaria el incomparable bien de vivir ajustados los súbditos,
y deberian instruirse en los excesos tan notables que van expuestos, para no
permitir su continuacion.
215. Bien pudiera tener pronta y fácil práctica el poner en uso los medios
que van expuestos, con sólo darse órdenes para su cumplimiento; pero consistien-
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