Page 133 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
pondientes á los habitantes de los pueblos, y miran con ménos aprecio del
que debian este asunto, tan del servicio de V. M. La otra es que los curas, que
debieran celar que ningun feligres dejase de sacar la bula, instruyéndolas en
las gracias de ella y predicándola, como les está mandado, dejan de hacerlo,
porque tambien lo tienen como gravámen que no les produce utilidad; y por
unos y por otros queda este importante asunto sin todo el buen efecto que
debe tener, por sus circunstanciados fines; pues atiéndase ahora á su reparo, y
se advertirán los aumentos de la Real Hacienda.
206. Cuando volviese á correr la tasa antigua, que no es perjudicial al
vasallo, libertándole de las demas pensiones que van manifestadas, tendrán de
contribución en la bula comun tres y medio reales de plata en dos años, que
corresponde el aumento á tres cuartillos en cada uno; y en la de un peso de
trece reales y medio, á tres cuartillos en cada año, que es cortísima cantidad,
medida con la regla de los otros perjuicios; pues aplíquesele á V. M. el valor de
la tasa actual, como hoy se le paga, y désela á los corregidores, por aumento
de salario, la demasía, con cargo de pagar á los curas el 4 por 100 de la publi-
cacion, se verá que no queda persona alguna capaz de recibir bula, que no la
saque á diligencia y solicitud de los corregidores y curas, por el interes que á
unos y otros les resulta, y se conseguirá que el producto para aplicarse á la Real
Hacienda se aumente en más de una tercia parte del que hoy tiene, que por la
omision y descuido ha venido á quedar en las últimas publicaciones en 42 y
43.000 pesos en cada una, que corresponde su mitad por año, y no equivale á
los que debia importar, segun, las plantillas del anterior manejo.
207. No han faltado sujetos que lo hayan advertido y representado al
superior gobierno de Lima, por el que se dieron próximamente providencias
dirigidas á saber el número de gente de cada pueblo, para que se ajustase la
cuenta al de las bulas; pero se han hecho diligencias tibias, y hasta aquí han
quedado sin el efecto que debe tener este asunto, y si llegára el caso de que se
le concediese á los corregidores por aumento de salario el de la tasa de la bula,
y á los curas el 4 por 100 como le tuvieron ántes, por la publicacion y predi-
cacion, serian más activas sus diligencias y resultaria con precision el mayor
importe á favor de la Real Hacienda.
208. Este pensamiento de premiar con la paga los aumentos, es prác-
tico en el obispado del Cuzco, y puede haberlo sido en otros, pues cuando se
maneja la administracion de bulas por tesoreros que tenian en propiedad los
oficios, se les concedia por remuneracion del trabajo la sexta parte del importe
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