Page 332 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
Documentos varios
8º
De la siguiente comunicacion, que pasé al gobierno y que corre impresa en papel
suelto, aun no he tenido contestacion.
Al Sr. Ministro de Gobierno y Relaciones Esteriores del Perú.
Valparaiso 30 de Abril de 1830.— Señor Ministro: Sabe V. S. y es no-
torio á todo el mundo, que van á hacer siete años que me hallo espulsado ar-
bitrariamente de mi pais, privado de mis bienes, papeles, documentos de mis
intereses, sueldos devengados, créditos contra el erario y de particulares. Sabe
igualmente V. S. que la última lejislatura resolvió por unanimidad que yo re-
gresase al Perú, donde no solamente tengo el derecho de residir como natural
de él, sino tambien el de reclamar mis intereses y documentos.
He esperado por mas de cinco meses que el Gobierno se sirviese remi-
tirme el correspondiente pasaporte para verificar el regreso á mi casa, ó que
á lo menos me hiciese justicia en hacerme entregar el dinero mio que existe
depositado en la tesoreria de Trujillo, asi como la parte de presa que me co-
rrespondió en el año de 1823 por la de la fragata Ester. Si los administradores
del tesoro de Trujillo confiesan existir el depósito á mi favor, ¿que razon hai
para no devolvermelo, asi como mis documentos y papeles privados?
En vano he esperado este acto de rigurosa justicia: tal vez las inmedia-
tas atenciones del Gobierno no le han dado lugar á pensar en los ausentes, y
asi es que se me irrogan cada dia nuevos y notables perjuicios. Los empeños
que he estado obligado á contraer para vivir en Europa por tantos años, y á
efecto de la mas horrorosas de las injusticias, no he podido todavia satisfa-
cerlos, como que hasta el dia ni el Gobierno me ha devuelto mis haberes, ni
aun siquiera se ha dignado hacerme entregar mis documentos y papeles para
poder hacer uso de mis bienes y satisfacer á mis acreedores. Se halla, pues,
por consiguiente comprometido mi honor para con ellos, asi como se halla
comprometida la justicia para con todos los peruanos; porque si en el Perú no
se respetase el derecho de propiedad, nadie podria contar con lo que posee, ni
los estranjeros reposar sobre la fe de las estipulaciones y contratos. Por lo que
respecta á mí, yo me veo obligado á satisfacer mis empeños, y á sostener mi
familia. No me queda otro arbitrio para lograrlo que regresar á mi pais natal
para recojer mis intereses, ya que no he conseguido que se me remita aqui ni
siquiera la cantidad depositada en Trujillo desde el año de 1823, segun consta
del espediente de la materia.
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