Page 246 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
                                                                          Documentos varios
                    Imprenta Republicana de J. M. Concha.
                    [En la pagina 67]
                    EL CIUDADANO Andres Reyes, Presidente del Senado, y encargado
            del Poder Ejecutivo de la Republica Peruana.


            REPUBLICA PERUANA
                    Numero 629
                    Por cuanto el Congreso Constitucional há resuelto que el Ex Presi-
            dente Don Jose de la Riva Agüero pueda venir a esta Capital a contestar a los
            cargos que se le forman, se le expide el presente pasaporte de orden Suprema
            para que pueda verificarlo.
                    Dado en la casa de Govierno en Lima á 18 de Mayo de 1831. 12
                    Carlos Pedemonte


            Presenta varios impresos para que se le tenga presente su y el pasaporte que
            se le concedio
                                                               [rubrica]
                    Excelentisimo Señor
                    Don Juan Guarda á nombre del Gran Mariscal Don José de la Riva
            Agüero y en virtud de su poder en los autos que se le siguen y los demas de-
            ducido digo: que para la resolucion de la suplica pendiente presenta en debida
            forma á fin de que se tenga presente por Vuestra Excelencia su impreso del
            Coronel Don Remigio Silva, otro el que contiene el dictamen de la Comision
            de Justicia del Congreso Constitucional, otro copia del Supremo Decreto de 3
            de Diciembre de 829 por el que se le abrió la proscripcion cuyo decreto tam-
            bien corria en el Conciliador Numero 41 tomo 2° y el manuscrito del Pasapor-
            te que se le dio para que regresare por el Ministro de Govierno bajo el Numero
            629. Por tanto
                    A Vuestra Excelencia pído que habiendolos por presentado se sirva
            tener en consideracion su para el tiempo de la resolucion por ser de justicia
            que imploro.
                    Juan Guarda.

                    Lima y Julio 30 de 1832.
                    Presidente
                    ConJueces



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