Page 250 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
                                                                          Documentos varios
            das ante el SUPREMO PODER EXECUTIVO, quando haga el reclamo que le
            competa; para removerlas en lo legal.
                    A Vuestra Excelencia pido y suplico, se sirva mandar se pase COPIA
            del referido AUTO al EXECUTIVO: expresandose previamente, que la pre-
            sente CAUSA no ha podido inferir el menor agravio á la buena opinion, y
            conducta politica de mi Parte; y que en su consecuencia sea integrado en las
            ACCIONES, y DERECHOS de su Empleo de GRAN MARISCAL, haviendose
            publicado para su satisfaccion, segun es de justicia que imploro.
                    Manuel Lopez  Lisson.                             Juan Guarda.


                    Lima y Agosto 3 de 1832.
                    Agreguese á los autos y cite a los Conjueces.
                    [rubrica]
                    Rondon.


                    Lima Agosto 4 de 1832
             Señores Pre-           Vistos en discordia de votos remitieron este recurso
             sidente Con-      á mayor numero de Señores Vocales.
             jueces  Soria
             B en a v en t e
             Llosa Zapata

                    [rubrica]     [rubrica]     [rubrica]      [rubrica]     Rondon.


                    En el mismo dia de la fecha del auto que antecede hise saber su con-
            tenido al Procurador Don Juan Guarda á nombre de su parte, y firmo de que
            certifico.
                    Guarda,                                                  Rondon.


                    No se hiso saber el presente auto al Señor Doctor Don Blas Jose de Al-
            zamora Fiscal nombrado en esta Causa por hallarse ejerciendo la Diputacion
            en el Congreso lo que pongo por diligencia en Lima y Agosto 4 de 1832.
                    [Al margen la palabra]
                    Diligencia.
                    Juan Rondon.






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