Page 168 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
Documentos varios
Hoy hacen 25 dias que la Camara de representantes mando pasar a las
comisiones de Justicia y Legislacion el recurso para que dictaminasen sobre el
particular; los que han aumentado seguramente el numero de dias desgracia-
dos que afligen sin intermición desde el año de 23 á éste ilustre, y benemerito
proscripto; acuyo favor no solicito ahora otra cosa sino loque prescriben la
razon, y las Leyes.
Reunidos con este recurso todos los antecedentes desu materia, que
se pidieron al Supremo Gobierno, los remitió la Comisión de Justicia ala de
Legislación, para que exponiendo primeramente su dictamen, se lo devuelva
para producir el suyo. Consta esto por la nota respectiva al intento con fecha
17 del presente mes y año. Desde entonces hasta el dia han corrido dies dias
sin haberse opinado nada por ninguna de las dos Camaras. Me parece que
la causa de este entorpecimiento debe ser o la enfermedad de algunos de los
señores que deben intervenir en las comisiones, ó acaso alguna competencia
suscitada entre estas Dos sobre el orden en que deben opinar, por el perjuicio
que le resulta ami hermano, yo debo reclamar por el remedio que convenga
en uno y otro caso; y corresponde a la Camara otorgarmelo, atendiendo aque
tanto las Leyes constitucionales como las civiles, cuya observancia le está en-
cargada prescriben, que sea pronta la administración de Justicia igual y franca
para todo ciudadano.
Su enfermedad de alguno de los Señores de las comisiones se resuelbe
muy facilmente, ordenando; ó que solo dictaminasen los que no estan enfer-
mos, o que estos sean reemplazados por otros Señores Diputados que esten
sanos. Si el impedimento resulta de la competencia suscitada entre las comi-
siones; el está removido inmediatamente determinando la Camara cual delas
dos deba dictaminar primero.
Pongo ultimamente en consideracion de la camara, que por el art° 34
de la constitucion sus secciones no pueden durar mas que noventa dias utiles
continuos: y que si para todo este tiempo, sin que sele otorgue por el congreso
constitucional usar del Derecho de audiencia que solicita en el juicio a que
voluntariamente se somete para dar cuenta a la nascion de su conducta pu-
blica en el año de 23 que la regía como Gefe Supremo, debe ser muy grande el
sentimiento que oprima el corazon de cada Señor representante al volver a sus
hogares, sin haber hecho justicia á un compatriota que la reclama desde el lu-
gar de su destierro, y que á pesar de su ignocencia, y servicios se vé proscripto
por la intriga y la calumnia. Por tanto.
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