Page 165 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero
            se le havian formado en su Audiencia. Sus notorios servicios a la Causa de la
            Independencia desde 1808 en que regresó de Europa, sus padecimientos en
            calabozos y carzeles como buen Patriota en tiempos del Govierno Español:
            su constancia a pesar de los baibenes de la fortuna de nuestras Armas, y en
            medio del desaliento general: Esa energia heroyca que desplegó en 1823 por
            poner en salvo la Republica despues de nuestras perdidas en Torata, son cir-
            cunstancias que reunidas dan mayor peso á sus exposiciones, y cooperan a su
            vindicacion de los cargos referidos.
                    Si hubo algun error durante su Administracion, se debe atribuir mas
            bien a la fatalidad de las circunstancias, que a un deseo criminal de perjudicar
            a la Republica. Ninguno ha sido exento de faltas politicas, sin excluir al Funda-
            dor de la Livertad, y al mismo Libertador. Esos errores han sido consequencia
            de nuestra antigua edi [roto] Creados para colonos no era posible colocarnos
            al frente de las Naciones libres sin sufrir las oscilaciones, las perdidas, los que-
            brantos, que han tolerado todos los Pueblos para elevarse al apice de su gran-
            deza actual.
                    Por estos y otros fundamentos opino Vuestra Excelencia segunda vez
            por el corte indicado. El Consejo de Estado no se ha negado a esa medida justa
            y politica: ha dicho tan solo lleno de circunspeccion que ella no correspondia
            al Supremo Poder Ejecutivo. Esa resolucion es propia del Tribunal porque a
            el compete segun derecho, el examen y resolucion definitiva de los asuntos
            sujetos a su jurisdiccion como tambien el corte de aquellos que en su atenta
            prudencia y sabiduria no merecen mayor discusion. Asi, es de opinion el Fis-
            cal, que se corte esta causa en su actual estado, declarandose que su sequito no
            ha podido perjudicar al buen nombre y notorios servicios del Ex-Presidente
            Riva-Agüero; pero Vuestra Excelencia se servirá resolver lo mas justo. Lima y
            Enero 28 de 1832.


                                  Alzamora




                    Lima y Febrero 4 de 1832
                    Autos, citadas las partes.
                    Rúbrica
                    Rondon





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