Page 171 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero
            comete iguales actos, importa poco que ella se llame individuo, o nacion, no
            será por esto menos ilegitima. El Pueblo no tiene derecho por dañar a un solo
            ignosente, ni tratar como culpable a un solo acusado sin pruebas legales: el
            no puede delegar un semejante derecho en persona alguna, ningun despota
            ninguna asamblea pues puede ejercer un tal derecho diciendo que el pueblo lo
            ha autorizado.
                    Si estas doctrinas son tan luminosas ¡como, ó por que se han traspasa-
            do en mi hermano todos los principios, desorganisando asi el edificio social?
            ¿Por que se le continuo la proscripcion, y no sele quiso oir en juicio? Porque el
            constituyente no quiso ser el verdadero delegado del soberano que represen-
            taba.
                    Estas son las poderosisimas razones que me asisten en la actualidad
            para impetrar del soberano Congreso Constitucional, no gracia, sino la jus-
            ticia que le asiste a mi hermano de ser oido, por que asi lo exigen las Leyes
            eternas de la naturaleza, las civiles y constitucionales: asi lo exige el decoro de
            la nación, y tambien la politica, que no se interesa menos en esta cauza; pues
            el animo menos prevenido dirá: por que Bolivar se ha desvivido por hacer la
            guerra á este patriota veterano que ha prestado ala nacion los mas importan-
            tes y distinguidos servicios, que ha sido un martir de los Españoles; que ha
            gastado su fortuna para lograr la libertad é independencia de que ahora esta
            disfrutando el pais, y que quando el año de 1823 mostro tantos talentos activi-
            dad y virtudes, hasta el estremo de elogiarlo en los papeles publicos, el mismo
            que despues lo persiguió? Por todo lo que.
                    Al  Augusto Congreso Constitucional suplico,  que haviendome por
            presentada, como los exemplares dele Esposicion, Memoria, y Suplemento se
            sirva decretar que se le alce inmediatamente la proscripcion a mi hermano y
            sele haga venír del pais de Chile donde se halla, con todas las garantías nece-
            sarias y bajo la alta proteccion de la nacion, para que pueda contestar perso-
            nalmente a todos los cargos que se le quieran hacer, que aunque contestados
            con antelacion en los citados escritos, pero no lo han sido en un juicio. Así
            mismo al Soberano Congreso constitucional suplico que la orden de suspen-
            sion de la proscripcion de mi hermano sea publicada por Bando á manera de
            guerra, y que sus detractores afianzen las calumnias con que gratuitamente
            le han acriminado, haciendo al mismo tiempo que si este memorial pasa á
            Comision, no se componga esta de miembros del pasado Congreso: vuelvale
            pues el soberano congreso constitucional el honor a mi hermano, vuelvale su



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