Page 135 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José de la Riva Agüero
El que tiene el honor de representar, al acompañar el
documento con foxas 3 útiles por donde acredita su acción
á esa imposición, cree que nada es mas justo el que ten-
ga lugar esta debolucion, porque desapareciendo la causa,
desaparecerá por consiguiente el efecto; esto es no prevale-
ciendo ya la ley que autorisaba la permanencia de vincula-
ciones no hay para que continúe esa imposición; tanto mas
quanto que ellas está exenta de todo gravamen de misas,
mandas, etcétera. Igualmente seria una contradicción de la
ley promulgada de 20 de Dixiembre y de la Constitución
Nacional, que se tubiese por mas tiempo esta imposición
en perjuicio de los intereses del propietario. El perjuicio no
puede ser mas notable: el principal fue impuesto a censo
redimible al 5%; despues se disminuyo al 3 por punto gene-
ral y actualmente al 2. Aun este pequeño rédito al año, que
es todavia menos que el que se paga al mes corrientemente,
no se satisface con puntualidad, y asi es que de ese misera-
ble interes se le adeudan como dos mil quinientos pesos.
Atendidas estas circunstancias y la de que la religión
de Agonisantes ha sido extinguida, y es al presente el esta-
do por la dirección de Amortisacion quien administra sus
pingues Haziendas y fincas: que del producto de estas se
han hecho asignaciones segun tiene entendido, entre otras
al Colegio de San Carlos: que el estado ni nadie puede dis-
poner de aquellos productos en perjuicio de los particula-
res; y de que la Constitución y ley referida serian ilusorias si
no se procurase darles su debido cumplimiento, párese de
justicia que el Congreso autorise y ordene á quien corres-
ponda se proceda á reintegrar al que solicita su principal é
intereses vencidos. Para el efecto podría rematarse una ó
mas fincas de las muchas que existen aqui correspondien-
tes a la extinguida religión de Agonisantes y con su pro-
ducto satisfacer al que reclama. Tambien podría adjudicár-
sele previa la correspondiente tazacion, la Chacarita de la
Magdalena, reconociendo el que representa los cerros del
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