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Autorízase excepcionalmente al Ministerio de Educación otorgar subvenciones hasta por
               el  monto  de  ocho  millones  ciento  cincuenta  y  ocho  mil  cuatrocientos  soles  a  favor  de
               entidades  privadas  sin  fines  de  lucro,  e  instituciones  comprendidas  en  el  Acuerdo
               Internacional aprobado por Decreto Ley 23211, en el marco de lo dispuesto en la Ley
               28044, Ley General de Educación y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo 011-
               2012-ED,  para  la  implementación  de  propuestas  de  servicio  educativo  en  instituciones
               educativas públicas del nivel de educación primaria y secundaria, ubicados en el ámbito
               rural".

               Lo  que  queremos  incorporar,  porque  eso  ya  está,  es,  llegue  a  instituciones  educativas
               públicas  que  brindan  servicio  bajo  el  modelo  de  servicio  educativo  secundaria  con
               residencia  estudiantil.  Dichas  subvenciones  se  aprueban  mediante  resolución  del  titular
               del  pliego  Ministerio  de  Educación,  previa  suscripción  de  convenio,  para  lo  cual  se
               requiere el informe favorable de su Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces.

               La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano...

               El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Para que concluya y redondee la idea,
               congresista Rodríguez.

               El señor RODRÍGUEZ ZAVALETA (PAP).— ... sí, gracias.


               El Ministerio de Educación es responsable de evaluar la implementación de la propuesta
               de servicio educativo, del monitoreo, seguimiento, y cumplimiento de los fines y metas,
               para  los  cuales  fueron  entregados  los  recursos  públicos,  y  asegurar  rendición  de  las
               cuentas de los recursos financieros otorgados en la subvención.

               El  Ministerio  de  Educación  mediante  resolución  de  su  titular  establece  los  requisitos  y
               disposiciones  para  el  otorgamiento,  ejecución  y  rendición  de  cuentas  de  los  recursos
               financieros otorgados mediante subvenciones, la referida resolución debe emitirse en un
               plazo  no  mayor  de  60  días  calendario  desde  la  vigencia  de  la  presente  ley.  Dichos
               recursos bajo responsabilidad deben ser destinados solo en los fines para los cuales.

               El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Para que concluya, por favor, congresista
               Rodríguez.

               El señor RODRÍGUEZ ZAVALETA (PAP).— ... conforme al presente artículo.

               La  aplicación  de  lo  establecido  en  el  presente  artículo  se  financia  con  el  cargo  al
               presupuesto  institucional  del  Ministerio  de  Educación,  sin  dar  recursos  adicionales  al
               Tesoro".

               Mil gracias, mil gracias, colega.

               El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Gracias, congresista.


               El señor VIEIRA PORTUGAL.— Pide una interrupción la congresista Melgarejo.






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