Page 38 - 2017\Debate-2017\Debate(4)
P. 38
40 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2017
cos, dispositivos médicos y productos sanitarios, presupuesto institucional y sin demandar recur-
en beneficio de los afiliados al SIS. En caso de sos adicionales al tesoro público, a favor de sus
financiar dichos insumos, el SIS deduce el costo organismos públicos, de los gobiernos regionales
de la referida compra de las transferencias de y de las entidades comprendidas en el ámbito de
recursos que efectúe a los organismos públicos aplicación del Decreto Legislativo 1153, de co-
del Ministerio de Salud y a los gobiernos regio- rresponder; para implementar los reajustes en
nales a los que se les hubiere entregado dichos las valorizaciones que forman parte de la Com-
productos. pensación Económica que se otorga al personal
de la salud en el marco de dicho decreto legisla-
Para tal efecto, las modificaciones presupuesta- tivo.
rias en el nivel institucional que se autorizan
en el presente artículo se aprueban mediante Las modificaciones presupuestarias en el nivel
decreto supremo refrendado por el ministro de institucional a las que hace referencia el párrafo
Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a precedente, se aprueban mediante decreto su-
propuesta del SIS. premo refrendado por el ministro de Economía y
Finanzas y por el ministro de Salud, a propuesta
Artículo 24. Autorización al Ministerio de de este último.
Salud para aprobar reajustes de valoriza-
ciones Para la aplicación de lo establecido en el presen-
te artículo es requisito que las plazas se encuen-
24.1. Autorízase al Ministerio de Salud para tren registradas en el Aplicativo Informático
realizar reajustes en las valorizaciones que for- para el Registro Centralizado de Planillas y de
men parte de la Compensación Económica que Datos de los Recursos Humanos del Sector Pú-
se otorga al personal de la salud en el marco del blico a cargo de la Dirección General de Gestión
Decreto Legislativo 1153, Decreto Legislativo de Recursos Públicos del Ministerio de Econo-
que regula la política integral de compensacio- mía y Finanzas.
nes y entregas económicas del personal de la sa-
lud al servicio del Estado. 24.5. Para efectos de implementar lo establecido
en el presente artículo, exonérase al Ministerio
24.2. Los reajustes a que se refiere el numeral de Salud, sus organismos públicos, los Gobier-
precedente se implementan de modo progresivo nos Regionales y a las entidades comprendidas
a partir del 1 de enero de 2018, correspondien- en el ámbito de aplicación del Decreto Legislati-
do al primer tramo de dicha implementación vo 1153, según corresponda, de lo establecido en
la asignación de recursos de hasta S/ 700 000 el artículo 6 de la presente ley.
000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y 00/100
SOLES), la cual se distribuye de manera dife- Capítulo V
rencial y está orientada a reducir brechas entre
grupos ocupacionales y entre niveles de carrera Disposiciones especiales en materia de
del mismo grupo ocupacional. educación
24.3. Los reajustes a que se refiere el numeral Artículo 25. Compromisos de desempeño
precedente, así como la oportunidad y demás en materia de educación
condiciones para su otorgamiento, se determi-
narán conforme a lo establecido en el numeral Autorízase al pliego Ministerio de Educación
9.4 del artículo 9 del Decreto Legislativo 1153, para efectuar modificaciones presupuestarias
Decreto Legislativo que regula la política inte- en el nivel institucional a favor de los unidades
gral de compensaciones y entregas económicas ejecutoras de Educación de los gobiernos regio-
del personal de la salud al servicio del Estado. nales hasta por la suma de S/ 150 000 000,00
Dichos reajustes no implican la creación de nue- (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100
vas valorizaciones ni la supresión de las existen- SOLES), para el financiamiento de las interven-
tes. ciones de educación básica priorizadas para el
ejercicio fiscal 2018 por el Ministerio de Educa-
24.4. Para efectos de lo regulado en el presen- ción, así como para el financiamiento de los bie-
te artículo, autorizase al Ministerio de Salud nes, servicios, equipamiento, acondicionamiento
para realizar modificaciones presupuestarias en y mantenimiento de infraestructura de los Pro-
el nivel institucional, hasta por la suma de S/ gramas Presupuestales “Logros de Aprendizaje
700 000 000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y de Estudiantes de la Educación Básica Regu-
00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su lar”, “Incremento en el acceso de la población de
Diario de los Debates - 20. C sesión (vesPertina) 30-11-2017
a