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Primera LegisLatura Ordinaria de 2017 - Diario de los Debates 39
organismos públicos y los gobiernos regionales, Artículo 22. Programas presupuestales en
para el financiamiento y continuidad de las ac- materia de salud
ciones de implementación en el marco del De-
creto Legislativo 1153. Autorízase al Ministerio de Salud para efec-
tuar modificaciones presupuestales en el nivel
20.3. Para la aplicación de lo establecido en los institucional, hasta por el monto de S/ 150 000
numerales precedentes es requisito que las pla- 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y
zas se encuentren registradas en el Aplicativo 00/100 SOLES), con cargo a su presupuesto ins-
Informático para el Registro Centralizado de titucional y sin demandar recursos adicionales
Planillas y de Datos de los Recursos Humanos al Tesoro Público, a favor de sus organismos
del Sector Público a cargo de la Dirección Gene- públicos y de los Gobiernos Regionales para la
ral de Gestión de Recursos Públicos del Ministe- reposición y adquisición de nuevo equipamiento
rio de Economía y Finanzas, y que cuenten con biomédico en el marco de los programas presu-
el respectivo financiamiento. puestales: Articulado Nutricional, Salud Mater-
no Neonatal, Prevención y Control de la Tuber-
Asimismo, los organismos públicos del Minis- culosis y VIH/SIDA, Enfermedades Metaxénicas
terio de Salud y los gobiernos regionales para y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles,
la aplicación de lo establecido en los numerales Prevención y Control del Cáncer, Control y Pre-
precedentes, quedan exonerados de lo estableci- vención en Salud Mental y Prevención y Manejo
do en el artículo 6 de la presente ley. de Condiciones Secundarias de Salud en Perso-
nas con Discapacidad; así como la reposición y
20.4. Las modificaciones presupuestarias en el adquisición de nuevo equipamiento biomédico
nivel institucional autorizadas por el presente orientados a la atención del recién nacido con
artículo a favor de los organismos públicos del complicaciones y de recién nacidos que requie-
Ministerio de Salud y los gobiernos regionales ren de Unidad de Cuidados Intensivos Neonata-
se aprueban mediante decreto supremo refren- les (UCIN) en el marco del programa presupues-
dado por el ministro de Economía y Finanzas y tal Salud Materno Neonatal.
el ministro de Salud, a propuesta de este último.
Para efectos de lo establecido en el presente
20.5. Dispónese que, para efectos de la imple- artículo, las modificaciones presupuestarias
mentación de las acciones del Decreto Legisla- en el nivel institucional se aprueban mediante
tivo 1153, durante el Año Fiscal 2018, el Minis- decreto supremo refrendado por el ministro de
terio de Salud, sus organismos públicos y los Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a
gobiernos regionales quedan exonerados de lo solicitud de este último, a más tardar el 21 de
establecido en el artículo 6 de la presente ley. marzo de 2018. Para la aprobación de las mo-
dificaciones presupuestarias autorizadas por el
Artículo 21. Autorización al Ministerio de presente artículo, el Ministerio de Salud debe
Salud para realizar modificaciones presu- aprobar previamente un Plan de Equipamiento
puestarias en el nivel institucional a favor de los Establecimientos de Salud a Nivel Nacio-
de los gobiernos regionales nal coordinado con los Gobiernos regionales, y
realizar la verificación del módulo patrimonial
Autorízase al Ministerio de Salud para realizar del Sistema Integrado de Gestión Administrati-
modificaciones presupuestarias en el nivel insti- va (SIGA), para la reposición y cierre de brechas
tucional, hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 de equipamiento biomédico.
(OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) con
cargo a los recursos de su presupuesto institu- Artículo 23. Compra de productos farma-
cional y sin demandar recursos adicionales al te- céuticos, dispositivos médicos y productos
soro público, a favor de los gobiernos regionales, sanitarios a través del Centro Nacional de
para la operación y mantenimiento de nuevos Abastecimiento de Recursos Estratégicos
establecimientos de salud, que entraron en fun- en Salud (Cenares)
cionamiento a partir del segundo semestre del
año 2017. Facúltase, durante el Año Fiscal 2018, al Seguro
Integral de Salud (SIS) para realizar modifica-
Las modificaciones presupuestarias autorizadas ciones presupuestarias en el nivel institucional
en el presente numeral, se aprueban mediante a favor del Ministerio de Salud, para que, a tra-
decreto supremo, refrendado por el ministro de vés del Centro Nacional de Abastecimiento de
Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a Recursos Estratégicos en Salud (Cenares) de
propuesta de este último. dicho ministerio, compre productos farmacéuti-
20. C sesión (vesPertina) 30-11-2017 - Diario de los Debates
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