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38  Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2017

                  Artículo 19. Recursos para el Fondo Espe-   tión Municipal (PI), y a solicitud de la Dirección
                  cial para la Seguridad Ciudadana, FED y     General  de Inversión  Pública para el caso del
                  otros                                       Fondo de Promoción a la Inversión Pública Re-
                                                              gional y Local (Foniprel), y se incorporan en los
                  Dispónese que en el Presupuesto del Sector Pú-  gobiernos regionales y gobiernos locales, según
                  blico para el Año Fiscal 2018, se han asignado   corresponda, en la fuente de financiamiento Re-
                  recursos para lo siguiente:                 cursos Determinados.
                  a)  En el presupuesto institucional del pliego    El Ministerio de Economía y Finanzas dentro
                      Ministerio del Interior, hasta la suma de S/   del plazo de diez (10) días calendario contados
                      150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MI-    a partir  de la publicación de la  presente  ley,
                      LLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de   mediante decreto supremo, establece los proce-
                      financiamiento Recursos Determinados, des-  dimientos  para el  cumplimiento de metas y la
                      tinados, exclusivamente, al financiamiento   asignación de recursos del Programa de Incenti-
                      de los fines del Fondo Especial para la Segu-  vos a la Mejora de la Gestión Municipal.
                      ridad Ciudadana, creado por el Decreto de
                      Urgencia 052-2011.                      d)  En el presupuesto institucional del pliego Mi-
                                                                 nisterio de Agricultura y Riego, hasta la suma
                  b)  En el presupuesto institucional del pliego Mi-  de S/ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MI-
                      nisterio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta   LLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de
                      la suma de S/ 170 000 000,00 (CIENTO SE-   financiamiento Recursos Determinados, des-
                      TENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), en la      tinados, exclusivamente, al financiamiento de
                      fuente de financiamiento Recursos Determi-  los fines del Fondo Sierra Azul.
                      nados, destinados, exclusivamente, al finan-
                      ciamiento de los fines del Fondo de Estímulo   Los  recursos  a  los  que  se  refieren  los  literales
                      al Desempeño y Logro de Resultados Socia-  b), c) y d) del presente artículo se ejecutan bajo
                      les (FED), creado por la octogésima cuarta   las mismas formalidades, mecanismos y proce-
                      disposición complementaria final de la Ley   dimientos aprobados en la normatividad vigente
                      30114, Ley de Presupuesto del Sector Públi-  para los fondos mencionados en los referidos li-
                      co para el Año Fiscal 2014.             terales, en lo que les fuera aplicable.
                  c)  En el presupuesto institucional del pliego Mi-         Capítulo IV
                      nisterio de Economía y Finanzas, hasta por
                      la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLO-  Disposiciones especiales en materia
                      NES Y 00/100 SOLES), en la fuente de finan-             de salud
                      ciamiento Recursos Ordinarios, destinados,
                      exclusivamente, al financiamiento de los fines   Artículo 20. Implementación  del  Decreto
                      del Fondo de Promoción a la Inversión Pú-  Legislativo 1153
                      blica Regional y Local (FONIPREL), y has-
                      ta por la suma de S/ 800 000 000,00 (OCHO-  20.1.  Autorízase  al  Ministerio  de  Salud para
                      CIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), en    realizar  modificaciones  presupuestarias  en  el
                      la fuente de financiamiento Recursos Ordina-  nivel institucional, hasta por la suma de S/ 80
                      rios, destinados, exclusivamente, al financia-  000  000,00  (OCHENTA MILLONES  Y 00/100
                      miento de los fines del Programa de Incenti-  SOLES), con cargo a los recursos de su presu-
                      vos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI).  puesto institucional, a favor de sus organismos
                                                              públicos y los gobiernos regionales, para el pago
                  La distribución de los recursos del PI se efec-  de  la  asignación  por  cumplimiento  de  las  me-
                  túa tomando en cuenta los criterios del Fondo   tas institucionales,  indicadores  de desempeño
                  de Compensación Municipal (Foncomun) y con-  y compromisos de mejora de los servicios en el
                  forme a los lineamientos y metas de dicho Pro-  marco de lo dispuesto en el artículo 15 del De-
                  grama.                                      creto Legislativo 1153.

                  La transferencia de los recursos autorizados por   20.2. Autorízase al Ministerio de Salud para rea-
                  el presente literal se aprueba mediante decreto   lizar modificaciones presupuestarias en el nivel
                  supremo refrendado por el ministro de Econo-  institucional, hasta por la suma de S/ 216 000
                  mía y Finanzas, a solicitud de la Dirección Ge-  000,00  (DOSCIENTOS  DIECISEIS  MILLO-
                  neral  de  Presupuesto Público  para  el  caso del   NES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos
                  Programa de Incentivos a la Mejora de la Ges-  de su presupuesto institucional, a favor de sus


                   Diario de los Debates - 20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017
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