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Primera LegisLatura Ordinaria de 2017 - Diario de los Debates     17
                  d) Donaciones y transferencias              ii) Contribuciones a fondos
                  Las donaciones y transferencias, hasta por el    Los recursos por contribuciones a fondos, hasta
                  monto  de  S/  522  454  561,00  (QUINIENTOS   por el monto de S/ 4 135 171 802,00 (CUATRO
                  VEINTIDÓS  MILLONES  CUATROCIENTOS          MIL CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES
                  CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS           CIENTO  SETENTA Y UN MIL OCHOCIEN-
                  SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), que com-     TOS DOS Y 00/100 SOLES), que comprenden,
                  prenden  los  recursos  financieros  no  reembol-  principalmente, los aportes obligatorios corres-
                  sables recibidos por el Estado, provenientes de   pondientes a lo establecido en el Decreto Ley
                  entidades públicas o privadas, personas jurídi-  19990, Decreto Ley por el que se crea el Sistema
                  cas o naturales, domiciliadas o no en el país, se   Nacional  de Pensiones  de la Seguridad  Social,
                  distribuyen de la siguiente manera:         las transferencias del Fondo Consolidado de
                                                              Reservas  Previsionales;  los  aportes  del  Seguro
                  i)  Para el Gobierno Nacional, ascienden  a la   Complementario de Trabajo de Riesgo y las con-
                  suma de S/ 203 351  253,00 (DOSCIENTOS      tribuciones para la asistencia previsional a que
                  TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUEN-          se refiere la Ley 28046, Ley que Crea el Fondo
                  TA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y          y la Contribución Solidaria  para la Asistencia
                  TRES Y 00/100 SOLES).                       Previsional.

                  ii) Para los gobiernos regionales, ascienden a la   iii) Fondo de compensación municipal
                  suma de S/ 122 677 798,00 (CIENTO VEINTI-
                  DÓS  MILLONES  SEISCIENTOS  SETENTA         Los recursos por el fondo de compensación mu-
                  Y SIETE MIL SETECIENTOS  NOVENTA Y          nicipal, hasta por el monto de S/ 5 012 118 656,00
                  OCHO Y 00/100 SOLES).                       (CINCO MIL DOCE MILLONES CIENTO DIE-
                                                              CIOCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y
                  iii)  Para los gobiernos  locales,  ascienden  a  la   SEIS Y 00/100 SOLES), que comprenden la re-
                  suma de S/ 196 425 510,00 (CIENTO NOVEN-    caudación neta del impuesto de promoción mu-
                  TA  Y  SEIS  MILLONES  CUATROCIENTOS        nicipal, del impuesto al rodaje y del impuesto a
                  VEINTICINCO  MIL QUINIENTOS DIEZ Y          las embarcaciones de recreo, de acuerdo con lo
                  00/100 SOLES).
                                                              establecido en el Decreto Legislativo 776, Ley de
                  e) Recursos determinados                    Tributación Municipal, y demás normas modifi-
                                                              catorias y complementarias.
                  Los recursos determinados, hasta por el  mon-
                  to de S/ 19 728 877 332,00 (DIECINUEVE MIL   iv) Impuestos municipales
                  SETECIENTOS  VEINTIOCHO MILLONES
                  OCHOCIENTOS  SETENTA Y SIETE MIL            Los recursos por impuestos municipales, hasta
                  TRESCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100          por el monto de S/ 2 960 503 296,00 (DOS MIL
                  SOLES), comprenden los siguientes rubros:   NOVECIENTOS SESENTA MILLONES QUI-
                                                              NIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS NOVEN-
                  i) Canon y sobrecanon, regalías, rentas de   TA Y SEIS Y 00/100 SOLES), que comprenden
                  aduanas y participaciones                   la recaudación del impuesto predial, de alcabala
                                                              y patrimonio vehicular, entre los principales.
                  Los  recursos por canon y sobrecanon, rega-
                  lías, rentas de aduanas y participaciones, has-            Capítulo II
                  ta por el monto de S/ 7 621 083 578,00 (SIETE
                  MIL  SEISCIENTOS  VEINTIÚN  MILLONES               Estabilidad presupuestaria
                  OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS  SE-
                  TENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), que com-      Artículo 2. Marco normativo de la estabili-
                  prenden los ingresos por concepto de canon   dad presupuestaria
                  minero, canon gasífero, canon y sobrecanon pe-
                  trolero, canon hidroenergético, canon pesquero   La estabilidad de la ejecución del Presupuesto
                  y canon forestal; las regalías; los recursos por   del  Sector Público para  el  Año Fiscal  2018  se
                  participación en rentas de aduanas, provenien-  sustenta en la observancia de las disposiciones
                  tes de las  rentas  recaudadas por las  aduanas   previstas en el Decreto Legislativo 1276, Decre-
                  marítimas, aéreas, postales, fluviales, lacustres   to Legislativo que aprueba el Marco de la Res-
                  y terrestres, en el marco de la regulación corres-  ponsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector
                  pondiente; entre otros.                     Público No Financiero, y sus modificatorias.


                                                                20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017 - Diario de los Debates
                                                                   a
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