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Primera LegisLatura Ordinaria de 2017 - Diario de los Debates 21
Octava. Autorízase para que el Fondo Nacional Disposición complementaria
de Financiamiento de la Actividad Empresarial derogatoria
del Estado (Fonafe) transfiera al tesoro público
las utilidades acumuladas al Año Fiscal 2017, Única. Deróganse o déjanse en suspenso, según
hasta por el monto de S/ 700 000 000,00 (SETE- el caso, las disposiciones legales y reglamenta-
CIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES). rias que se opongan a lo establecido por la pre-
sente ley o limiten su aplicación.
Novena. Dispónese que los ingresos a que se
refiere la disposición complementaria final se- Comuníquese, etc.”
gunda de la Ley 30637, Ley que dispone la apli-
cación de la cláusula de excepción a las reglas “Votación del texto sustitutorio del Pro-
macrofiscales del sector público no financiero, yecto 1838 (Ley De Equilibrio Financiero)
pueden financiar también otros proyectos de
inversión en el marco del Sistema Nacional de Señores congresistas que votaron a fa-
Programación Multianual y Gestión de Inver- vor: Acuña Núñez, Aguilar Montenegro, Alcalá
siones, hasta la suma de S/ 2 000 000 000, 00 Mateo, Andrade Salguero de Álvarez, Aramayo
(DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES). Gaona, Arimborgo Guerra, Ávila Rojas, Bar-
tra Barriga, Becerril Rodríguez, Beteta Rubín,
Décima. Facúltase a la Comisión Ad Hoc creada Bruce Montes de Oca, Bustos Espinoza, Castro
por Ley 29625, en su calidad de administrador Grández, Chacón De Vettori, Chihuán Ramos,
de acreencias, fondos y activos del FONAVI, a: Costa Santolalla, Cuadros Candia, De Belaunde
de Cárdenas, Del Águila Cárdenas, Dipas Hua-
a) Reestructurar, refinanciar y fraccionar las mán, Domínguez Herrera, Donayre Gotzch,
acreencias de FONAVI; castigar las cuentas que Donayre Pasquel, Echevarría Huamán, Elías
tengan la calificación de incobrables; así como a Ávalos, Espinoza Cruz, Figueroa Minaya, Flores
efectuar la disposición de activos, bienes mue- Vílchez, Fujimori Higuchi, Galván Vento, Gon-
bles e inmuebles de propiedad del FONAVI. zales Ardiles, Guía Pianto, Lazo Julca, Lizana
Santos, Lombardi Elías, López Vilela, Manti-
Lo dispuesto en esta norma legal no es aplicable lla Medina, Martorell Sobero, Meléndez Celis,
a las acreencias del FONAVI comprendidas en Melgar Valdez, Melgarejo Paucar, Miya shiro
la Ley 28870, su norma complementaria y re- Arashiro, Monterola Abregu, Narváez Soto, Oli-
glamentaria, las que se rigen por lo establecido va Corrales, Palma Mendoza, Palomino Ortiz,
en dicha Ley. Pariona Galindo, Ponce Villarreal de Vargas,
Ramírez Gamarra, Ramírez Tandazo, Reáte-
La Comisión puede autorizar a las entidades gui Flores, Ríos Ocsa, Robles Uribe, Rodríguez
que administren los Fondos de propiedad del Zavaleta, Saavedra Vela, Salaverry Villa, Sala-
FONAVI, a aplicar lo establecido en el presente zar De La Torre, Salazar Miranda, Salgado Ru-
literal. bianes, Sánchez Alva, Sarmiento Betancourt,
Schaefer Cuculiza, Segura Izquierdo, Tapia
b) Inscribir ante la Superintendencia Nacio- Bernal, Ticlla Rafael, Trujillo Zegarra, Tubino
nal de los Registros Públicos (SUNARP), con- Arias Schreiber, Ushñahua Huasanga, Vásquez
tratos y demás actos que se requieran para el Sánchez, Ventura Ángel, Vergara Pinto, Vilcato-
saneamiento legal de inmuebles de propiedad ma De La Cruz, Villanueva Arévalo, Villavicen-
del FONAVI, para la aplicación de la Ley 29625 cio Cárdenas, Violeta López, Yika García, Yuyes
su modificatoria, y normas reglamentarias, con Meza y Zeballos Salinas.
la sola emisión o suscripción de un documento
privado con firma legalizada, el cual constituye Señores congresistas que votaron en con-
título suficiente para todos los efectos legales. tra: Arce Cáceres, Canzio Álvarez, Cevallos Flo-
Los expedientes que se encuentren en trámite res, Curro López, Dammert Ego Aguirre, Glave
ante la SUNARP a la entrada en vigencia de Remy, Huilca Flores, Morales Ramírez, Ochoa
esta norma, deben adecuarse a lo dispuesto en Pezo, Pacori Mamani, Pariona Tarqui, Quin-
el presente literal. tanilla Chacón, Rozas Beltrán, Tucto Castillo,
Vieira Portugal y Zeballos Patrón.
Undécima. La presente ley entra en vigencia
a partir del 1 de enero de 2018, salvo la dispo- Señores congresistas que se abstuvieron:
sición complementaria final sexta que rige a Del Águila Herrera, García Belaunde, Lescano
partir del día siguiente de su publicación en el Ancieta, Román Valdivia y Villanueva Merca-
diario oficial El Peruano. do.”
20. C sesión (vesPertina) 30-11-2017 - Diario de los Debates
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