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Quiero dejar claro que Acción Popular cree que una buena educación no únicamente se
limita a tener un espacio que incluya profesor, alumno y padre de familia, sino que va
más allá y comprende también al personal administrativo, que es uno de los grandes
complementos, como apoyo y soporte
Hoy en día, mucho se habla sobre el tema de la reforma electoral. Agradezco, primero, a
la presidenta del Consejo de Ministros, a la ministra de Economía y al presidente de la
ONPE (Oficina Nacional de Procesos Electorales), por tener la claridad, la disponibilidad
y, sobre todo, la buena voluntad de facilitar lo concerniente al financiamiento, algo por lo
que los partidos políticos hemos luchado por mucho tiempo.
Lamentablemente, hay una institución llamada Jurado Nacional de Elecciones que no
ayuda mucho a que los partidos políticos puedan adaptarse o acomodarse a la Ley de
Partidos Políticos vigente. El Jurado Nacional de Elecciones es una institución
todopoderosa en temas electorales que les pone plazo a los partidos políticos. Sin
embargo, ella, a la hora de resolver, se toma el plazo que considera conveniente.
Particularmente, como secretario general de Acción popular, quiero decir que tenemos
una demanda del 14 de agosto de este año, y hasta la fecha los señores del JNE no han
tenido ni la capacidad ni la buena voluntad de resolver al respecto. Y todo eso ha hecho
que, finalmente, el financiamiento a los partidos políticos se convierta, más que en una
ayuda, en un entrampamiento.
Pero gracias a la buena voluntad de quienes he mencionado, hoy en día podemos hacer
que finalmente el financiamiento de los partidos políticos, que estaba programado para
este año, por única vez y por excepción pueda acumularse para el siguiente año. Es así
que hemos preparado un añadido al proyecto de la Ley de Presupuesto que permita
viabilizar todo lo que he expuesto.
Me voy a permitir, señor Presidente, leer el texto que propongo incorporar. Sé que es
extenso, pero es necesario cumplir con el formalismo y la rigurosidad del caso:
“Disposición Complementaria.— Autorízase a la Oficina Nacional de Procesos Electorales
(ONPE), en el año fiscal 2018, a pagar la totalidad de la subvención que le correspondió
en el año 2017, en el marco de la nonagésima quinta disposición complementaria final
de la Ley 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a cada
partido político y alianza de partido político beneficiario comprendido en el marco de la
Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas y normas modificatorias; o, de haberse
efectuado alguno de los pagos mensuales a los que se refiere el segundo párrafo de la
mencionada disposición complementaria final.
Se autoriza a dicha entidad a pagar la diferencia que correspondiera para complementar
el pago que se debió efectuar en el año 2017. Dichos pagos se efectuarían hasta el 30
de junio de 2018.
Las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular de la Oficina Nacional de
Procesos Electorales (ONPE), la que se publica en el diario oficial El Peruano.
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