Page 99 - 2015\Sustentacion-2015\Sustentacion(1)
P. 99

Ya le hemos dado dos minutos más.

               Tiene  la  palabra  el  señor  presidente  del  Consejo  de  Ministros,  para  referirse  a  las
               intervenciones de los señores congresistas.

               ¿Primero el ministro de Economía? Bien.

               Empezamos, entonces, con el señor ministro de Economía.


               El  señor  MINISTRO  DE  ECONOMÍA  Y  FINANZAS,  Alonso  Arturo  Segura  Vasi.—
               Presidente, muchas gracias.


               Muchas gracias, señor Presidente y señores congresistas.

               Les agradecemos sus intervenciones, sus preguntas. Voy a tratar de responder la mayor
               cantidad posible, pero han habido varias, han habido muchísimas.

               Comienzo por algunas preguntas de corte más macroeconómico.

               El  congresista,  y  tratando  de  seguir  el  orden  en  que  las  intervenciones  se  dieron,  el
               congresista Reátegui se refería —citando a un ex ministro— a una regla estructural para
               esconder jerga técnica, etcétera, etcétera.

               El tema de reglas fiscales es un tema que ha avanzado mucho en los últimos años. La
               regla fiscal previa del Congreso...

               Presidente, ¿podría...?


               El  señor  PRESIDENTE  (Luis  Iberico  Núñez).—  Puede  continuar,  ministro  de  Economía  y
               Finanzas.

               El señor MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, Alonso Arturo Segura Vasi.— Gracias.

               La  regla  fue  modificada  de  una  regla  de  corte  nominal,  que  era  una  regla  que
               técnicamente se llama "procíclica", justamente porque fija techos nominales rígidos y que,
               dicho sea de paso, fue modificada múltiples veces, y recibió dispensas creo que en casi
               todos los años, a una regla estructural que es el tipo de regla que usan la mayoría de
               países hoy en día. La usa, por ejemplo, Chile; la usa, por ejemplo, Colombia. Y es una
               regla  que  fue  elaborada  con  colaboración,  un  comité  de  expertos  nacionales  e
               internacionales,  y  también  la  metodología  explícita  del  cálculo  estructural  se  hizo  por
               medio de una comisión independiente y no la puede modificar el Ejecutivo, con la mayor
               transparencia del caso.


               Con respecto a la pregunta de por qué la reserva de contingencia consigna recursos para
               entidades nuevas, debiera asimismo canalizarse a otros usos.

               La reserva de contingencia lo que incluye son los 853 millones que manda la ley, la Ley
               28411,  para  de  uno  por  ciento  de  recursos  ordinarios  para  casos,  evidentemente,
               imprevistos.  Contiene  unos  1536  millones  para  implementación  de  la  Ley  Servir,
               incremento  de  pensiones  del  Decreto  Ley  20530  y  atención  de  gastos  ocasionales  de


                                                           99
   94   95   96   97   98   99   100   101   102   103   104