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Ya le hemos dado dos minutos más.
Tiene la palabra el señor presidente del Consejo de Ministros, para referirse a las
intervenciones de los señores congresistas.
¿Primero el ministro de Economía? Bien.
Empezamos, entonces, con el señor ministro de Economía.
El señor MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, Alonso Arturo Segura Vasi.—
Presidente, muchas gracias.
Muchas gracias, señor Presidente y señores congresistas.
Les agradecemos sus intervenciones, sus preguntas. Voy a tratar de responder la mayor
cantidad posible, pero han habido varias, han habido muchísimas.
Comienzo por algunas preguntas de corte más macroeconómico.
El congresista, y tratando de seguir el orden en que las intervenciones se dieron, el
congresista Reátegui se refería —citando a un ex ministro— a una regla estructural para
esconder jerga técnica, etcétera, etcétera.
El tema de reglas fiscales es un tema que ha avanzado mucho en los últimos años. La
regla fiscal previa del Congreso...
Presidente, ¿podría...?
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Puede continuar, ministro de Economía y
Finanzas.
El señor MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, Alonso Arturo Segura Vasi.— Gracias.
La regla fue modificada de una regla de corte nominal, que era una regla que
técnicamente se llama "procíclica", justamente porque fija techos nominales rígidos y que,
dicho sea de paso, fue modificada múltiples veces, y recibió dispensas creo que en casi
todos los años, a una regla estructural que es el tipo de regla que usan la mayoría de
países hoy en día. La usa, por ejemplo, Chile; la usa, por ejemplo, Colombia. Y es una
regla que fue elaborada con colaboración, un comité de expertos nacionales e
internacionales, y también la metodología explícita del cálculo estructural se hizo por
medio de una comisión independiente y no la puede modificar el Ejecutivo, con la mayor
transparencia del caso.
Con respecto a la pregunta de por qué la reserva de contingencia consigna recursos para
entidades nuevas, debiera asimismo canalizarse a otros usos.
La reserva de contingencia lo que incluye son los 853 millones que manda la ley, la Ley
28411, para de uno por ciento de recursos ordinarios para casos, evidentemente,
imprevistos. Contiene unos 1536 millones para implementación de la Ley Servir,
incremento de pensiones del Decreto Ley 20530 y atención de gastos ocasionales de
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