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Por eso, desde el 2 de enero del 2012 la Contraloría General de la República
implementó el Infobras como una herramienta de transparencia para registrar y articular
la información relativa a las obras públicas, contando con información objetiva,
verificable en tiempo real respecto a su ejecución, avance físico y financiero, variaciones
en el costo y plazo de ejecución, liquidación, gastos de operación y mantenimiento.
En tal sentido, lo que proponemos es que, a efectos de contar con información
consolidada y actualizada de la ejecución de los proyectos de inversión pública, así como
para alertar o identificar con carácter preventivo situaciones de riesgo en el curso de
dichas obras, resulta necesario que se establezca como requisito previo para su ejecución
que las entidades públicas realicen el registro actualizado del estado de la obra
correspondiente en el Infobras, a cargo de la Contraloría, que es el órgano
constitucionalmente autónomo encargado de efectuar el control respectivo.
El país demanda transparencia ante la ciudadanía, y los legisladores estamos obligados a
viabilizar, como se decía, los mecanismos de insumos institucionales para la
materialización de este principio que debe animar todos los actos de la administración
pública, máxime cuando se trata de los recursos del Estado.
Por eso, proponemos una disposición, que se la señalamos al presidente de la Comisión
de Presupuesto:
“Establézcase, a partir de la vigencia de la presente Ley, que para efectos de la ejecución
presupuestaria de proyectos de inversión pública, es requisito previo el registro
actualizado del estado de la obra correspondiente en el Registro de Información y
Participación Ciudadana, en el Control de Obras Públicas (Infobras), que administra la
Contraloría General de la República. Para la mejor aplicación de la presente disposición,
de resultar necesario, se emitirán las disposiciones que fueran pertinentes.”
Es decir, en el acto, sin esperar a que se realicen las obras para que después no pase
lamentablemente…
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Tiene tiempo adicional,
congresista Chehade.
El señor CHEHADE MOYA (NGP).— Para que después no pase lo que lamentablemente
la revista Vela Verde ha publicado, es decir, que a posteriori la Contraloría se percate.
No, que se dé en el momento un registro informativo para que cuando se estén
realizando las obras se materialice toda la información.
Por otro lado, en materia de salud, creo que la implementación del Tribunal de la
Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) es básica, es importante. Ese
funcionamiento, ¿no es cierto?, se debe autorizar vía aprobación del decreto supremo. El
monto de las dietas a los miembros del Tribunal de Susalud, conforme el numeral 1 de la
cuarta disposición transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema de
Presupuesto, aprobado por decreto ley, en aplicación del Decreto Legislativo 1158, con
cargo al presupuesto institucional del pliego 134 Superintendencia Nacional de Salud, sin
demandar recursos adicionales al tesoro público y sin afectar las metas y objetivos de la
entidad, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas.
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