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Quisiera hacer llegar una disposición complementaria final a la presidenta del Consejo
de Ministros y al ministro de Economía.
Solicito que se incorpore, en el proyecto de Ley de Presupuesto, la siguiente disposición
complementaria:
“Declárase de interés nacional y de necesidad pública el proyecto ‘Construcción de la
carretera Tayabamba - Ongón, tramo: Cumpán – Uctubamba - Ongón, provincia de
Pataz, La Libertad’, con código SNIP 105697.”
Además de ello, una disposición complementaria final por la cual se autorice al Ministerio
de Vivienda y Construcción la transferencia de fondos a la Municipalidad Distrital de
Víctor Larco para el desarrollo del proyecto “Creación de la infraestructura vehicular y
peatonal en la urbanización San Andrés, V Etapa, III Sector, distrito de Víctor Larco
Herrera, Trujillo, La Libertad”, con código SNIP 292272.
También solicito que se incluya una disposición complementaria final por la cual se
autorice al Ministerio de Educación la transferencia de fondos a la Municipalidad Distrital
de Huamachuco para la ejecución del proyecto “Mejoramiento de los servicios de
educación inicial…”
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Puede continuar, congresista
Urquizo.
El señor URQUIZO MAGGIA (NGP).— Una interrupción me pide el congresista Martín
Amado Rivas, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Puede interrumpir el
congresista Martín Rivas.
El señor RIVAS TEIXEIRA (NGP).— Señor Presidente, solo quiero pedir que se incorpore
una disposición a efectos de establecer una mejora excepcional a los trabajadores del
Poder Judicial. Dice de la siguiente manera:
“Autorízase al Poder Judicial a otorgar, en diciembre de 2014, un bono extraordinario a
favor de su personal sujeto al régimen laboral de los Decretos Legislativos 276, 728 y
1057, con excepción de los jueces de todas las instancias. El costo que irroga el bono
extraordinario será financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado, y su
entrega será por única vez. El bono extraordinario no tiene carácter remunerativo ni
pensionable y no es base de cálculo para ningún tipo de beneficio.”
Esto para que los señores trabajadores del Poder Judicial puedan tener alguna mejora
salarial y un incentivo mayor dentro de sus labores.
Gracias.
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Puede iniciar su intervención,
congresista Urquizo.
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