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Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV - Diario de los Debates     2923

                  CENTÉSIMA OCTAVA. Exonérese, por úni ca     Urgencia N.° 052-2009 hasta el 31 de diciembre
                  vez, de lo establecido en el numeral 8.1 del ar-  de 2013. Las transferencias financieras se efec-
                  tículo 8.° de la presente Ley al Instituto Nacional   túan bajo el mecanismo y responsabilidad que es-
                  de Defensa de la Competencia y de la Protección   tablecen los numerales 12.2 y 12.3 del artículo 12
                  de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Para   de la presente Ley.
                  la aplicación de lo establecido en la presente dis-
                  posición es requisito que las plazas a ocupar se   CENTÉSIMA DÉCIMA. Dispóngase que, a par-
                  encuentren aprobadas en el cuadro de asignación   tir de la vigencia de la presente Ley, la retribución
                  de personal (CAP), y registradas en el Aplicativo   que perciben los miembros de la Comisión de
                  Informático para el Registro Centralizado de   Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana
                  Presupuesto  de  Personal  del  Sector  Público,   de Cooperación Internacional – APCI, para todos
                  a cargo de la Dirección General de Gestión de   los efectos, será considerada como dieta, siendo el
                  Recursos Públicos del Ministerio de Economía   único concepto que podrán percibir dichos miem-
                  y Finanzas.                                 bros quedando derogadas todas las disposiciones
                                                              que establezcan lo contrario. Para efecto de la
                  Asimismo, la exoneración se sujeta al presupuesto   adecuación que deba efectuarse conforme a lo
                  institucional del pliego respectivo, sin demandar   dispuesto en la presente disposición, exonérese
                  recursos adicionales al Tesoro Público, sin afectar   al APCI de las normas que se opongan a dicha
                  el cumplimiento de metas vinculadas al pago de   finalidad, sujetándose a lo establecido en la Ley
                  remuneraciones, pensiones o cargas sociales de   N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
                  responsabilidad del pliego, ni los recursos apro-  Presupuesto.
                  bados para el financiamiento de proyectos de
                  inversión pública, ni los recursos destinados a los   CENTÉSIMA UNDÉCIMA. A partir de la vi-
                  Programas Presupuestales, productos o proyectos   gencia de la presente Ley en adelante, el personal
                  de dichos programas a cargo de la entidad, y sin   directivo de los Ministerios sujetos al Decreto
                  afectar la prestación de los servicios públicos que   Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Admi-
                  realiza la entidad en el cumplimiento de sus fun-  nistrativa y Remuneraciones del Sector Público,
                  ciones, para lo cual deberán contar previamente   que ingresó por concurso público a puestos de
                  con un informe técnico favorable a cargo del   nivel directivo correspondiente a los niveles F-1
                  Jefe de la Oficina de Administración, el Jefe de   a F-3, puede ser rotado, por decisión de la entidad
                  Presupuesto y el Jefe de la Oficina de Recursos   y previa evaluación, a puestos de trabajo corres-
                  Humanos de la entidad o quienes hagan sus veces,   pondientes al grupo ocupacional profesional. En
                  bajo responsabilidad del Titular del pliego y de   este supuesto, el personal directivo mantiene su
                  los funcionarios antes mencionados.         derecho a percibir la diferencia remunerativa.

                  CENTÉSIMA NOVENA.  Facúltese al Poder       CENTÉSIMA  DUODÉCIMA.  Declárese  de
                  Ejecutivo para que mediante decreto supremo,   necesidad pública y preferente interés nacional
                  con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros,   la ejecución del proyecto de inversión ‘Implemen-
                  refrendado por el Presidente del Consejo de Minis-  tación del Instituto Regional de Enfermedades
                  tros, el Ministro de Transporte y Comunicaciones,   Neoplásicas de la Macro Región del Centro del
                  y el Ministro de Economía y Finanzas apruebe   Perú’ con Código SNIP N.° 102124. Dicho pro-
                  la incorporación en el presupuesto institucional   yecto de inversión se financiará con cargo a los
                  correspondiente al año fiscal 2013 del pliego   mayores ingresos en el Presupuesto del Sector
                  Autoridad Portuaria Nacional, de los recursos   Público, y deberá cumplir con la normatividad y
                  provenientes de la operación de endeudamiento   procedimientos del sector correspondiente.
                  interno destinados a financiar la participación de
                  la Autoridad Portuaria Nacional en la ejecución   CENTÉSIMA DÉCIMA TERCERA. Dispón-
                  del proyecto ‘Mejoramiento de la Avenida Néstor   gase que para fines de implementar las acciones
                  Gambetta-Callao’.                           que permitan la modernización y consolidación de
                                                              un sistema de catastro a nivel nacional, el Pliego
                  Asimismo, autorícese, de manera excepcional   Superintendencia Nacional de los Registros Pú-
                  y durante el año fiscal 2013, la realización de   blicos – SUNARP, efectuará una transferencia de
                  transferencias financieras por parte de la Auto-  partidas, hasta por la suma de S/. 100 000 000,00
                  ridad Portuaria Nacional a favor del Gobierno   (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES),
                  Regional de la Provincia Constitucional del Ca-  a favor del Pliego Organismo de Formalización
                  llao para el financiamiento parcial del proyecto   de la Propiedad Informal – COFOPRI, la cual se
                  ‘Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta-  aprueba mediante Decreto Supremo refrendado
                  Callao’, ampliándose la vigencia del Decreto de   por el Ministro de Economía y Finanzas, el Minis-


                                                                  22.  d sesión (matinaL) 30-11-2012 - Diario de los Debates
                                                                    a
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