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Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV - Diario de los Debates 2923
CENTÉSIMA OCTAVA. Exonérese, por úni ca Urgencia N.° 052-2009 hasta el 31 de diciembre
vez, de lo establecido en el numeral 8.1 del ar- de 2013. Las transferencias financieras se efec-
tículo 8.° de la presente Ley al Instituto Nacional túan bajo el mecanismo y responsabilidad que es-
de Defensa de la Competencia y de la Protección tablecen los numerales 12.2 y 12.3 del artículo 12
de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Para de la presente Ley.
la aplicación de lo establecido en la presente dis-
posición es requisito que las plazas a ocupar se CENTÉSIMA DÉCIMA. Dispóngase que, a par-
encuentren aprobadas en el cuadro de asignación tir de la vigencia de la presente Ley, la retribución
de personal (CAP), y registradas en el Aplicativo que perciben los miembros de la Comisión de
Informático para el Registro Centralizado de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana
Presupuesto de Personal del Sector Público, de Cooperación Internacional – APCI, para todos
a cargo de la Dirección General de Gestión de los efectos, será considerada como dieta, siendo el
Recursos Públicos del Ministerio de Economía único concepto que podrán percibir dichos miem-
y Finanzas. bros quedando derogadas todas las disposiciones
que establezcan lo contrario. Para efecto de la
Asimismo, la exoneración se sujeta al presupuesto adecuación que deba efectuarse conforme a lo
institucional del pliego respectivo, sin demandar dispuesto en la presente disposición, exonérese
recursos adicionales al Tesoro Público, sin afectar al APCI de las normas que se opongan a dicha
el cumplimiento de metas vinculadas al pago de finalidad, sujetándose a lo establecido en la Ley
remuneraciones, pensiones o cargas sociales de N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
responsabilidad del pliego, ni los recursos apro- Presupuesto.
bados para el financiamiento de proyectos de
inversión pública, ni los recursos destinados a los CENTÉSIMA UNDÉCIMA. A partir de la vi-
Programas Presupuestales, productos o proyectos gencia de la presente Ley en adelante, el personal
de dichos programas a cargo de la entidad, y sin directivo de los Ministerios sujetos al Decreto
afectar la prestación de los servicios públicos que Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Admi-
realiza la entidad en el cumplimiento de sus fun- nistrativa y Remuneraciones del Sector Público,
ciones, para lo cual deberán contar previamente que ingresó por concurso público a puestos de
con un informe técnico favorable a cargo del nivel directivo correspondiente a los niveles F-1
Jefe de la Oficina de Administración, el Jefe de a F-3, puede ser rotado, por decisión de la entidad
Presupuesto y el Jefe de la Oficina de Recursos y previa evaluación, a puestos de trabajo corres-
Humanos de la entidad o quienes hagan sus veces, pondientes al grupo ocupacional profesional. En
bajo responsabilidad del Titular del pliego y de este supuesto, el personal directivo mantiene su
los funcionarios antes mencionados. derecho a percibir la diferencia remunerativa.
CENTÉSIMA NOVENA. Facúltese al Poder CENTÉSIMA DUODÉCIMA. Declárese de
Ejecutivo para que mediante decreto supremo, necesidad pública y preferente interés nacional
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, la ejecución del proyecto de inversión ‘Implemen-
refrendado por el Presidente del Consejo de Minis- tación del Instituto Regional de Enfermedades
tros, el Ministro de Transporte y Comunicaciones, Neoplásicas de la Macro Región del Centro del
y el Ministro de Economía y Finanzas apruebe Perú’ con Código SNIP N.° 102124. Dicho pro-
la incorporación en el presupuesto institucional yecto de inversión se financiará con cargo a los
correspondiente al año fiscal 2013 del pliego mayores ingresos en el Presupuesto del Sector
Autoridad Portuaria Nacional, de los recursos Público, y deberá cumplir con la normatividad y
provenientes de la operación de endeudamiento procedimientos del sector correspondiente.
interno destinados a financiar la participación de
la Autoridad Portuaria Nacional en la ejecución CENTÉSIMA DÉCIMA TERCERA. Dispón-
del proyecto ‘Mejoramiento de la Avenida Néstor gase que para fines de implementar las acciones
Gambetta-Callao’. que permitan la modernización y consolidación de
un sistema de catastro a nivel nacional, el Pliego
Asimismo, autorícese, de manera excepcional Superintendencia Nacional de los Registros Pú-
y durante el año fiscal 2013, la realización de blicos – SUNARP, efectuará una transferencia de
transferencias financieras por parte de la Auto- partidas, hasta por la suma de S/. 100 000 000,00
ridad Portuaria Nacional a favor del Gobierno (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES),
Regional de la Provincia Constitucional del Ca- a favor del Pliego Organismo de Formalización
llao para el financiamiento parcial del proyecto de la Propiedad Informal – COFOPRI, la cual se
‘Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta- aprueba mediante Decreto Supremo refrendado
Callao’, ampliándose la vigencia del Decreto de por el Ministro de Economía y Finanzas, el Minis-
22. d sesión (matinaL) 30-11-2012 - Diario de los Debates
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