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2928 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV
Las modificaciones presupuestarias en el nivel funciones que se efectúen entre entidades del Poder
funcional programático se sujetan a lo señalado Ejecutivo como parte de la reforma de la estructura
en el literal c) del párrafo 41.1 del artículo 41 de del Estado, de acuerdo con la Ley 27658, Ley Mar-
la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional co de Modernización de la Gestión del Estado, se
de Presupuesto. aprueban mediante decreto supremo refrendado por
el ministro del sector correspondiente y el Ministro
Asimismo, se pueden realizar modificaciones a de Economía y Finanzas.’
nivel institucional con cargo a los recursos asigna-
dos a los programas presupuestales siempre que SEGUNDA.- Modifícanse los artículos 2 y 3 de
el pliego habilitado tenga a su cargo productos la Ley N.° 27628, Ley que facilita la ejecución de
o proyectos del mismo programa, sujetándose a obras públicas viales, con los siguientes textos:
lo señalado en el artículo 11 de la presente ley,
cuando corresponda. Dichas transferencias se ‘Artículo 2.- Del valor de tasación
realizan mediante decreto supremo refrendado
por el Ministro de Economía y Finanzas, previo En la ejecución de obras de infraestructura, el va-
informe favorable de la Dirección General de lor de la tasación para la adquisición de bienes in-
Presupuesto Público.’ muebles por trato directo, será fijado por la Direc-
ción Nacional de Construcción del Ministerio de
‘Artículo 84.- Información estadística Vivienda, Construcción y Saneamiento, conside-
rando el valor comercial del terreno, las mejoras
El Instituto Nacional de Estadística e Informática de corresponder y una indemnización por el per-
(INEI) genera la información estadística necesaria juicio causado que incluya, en caso sea aplicable,
para el seguimiento de los indicadores y evalua- el daño emergente y lucro cesante.
ción de las intervenciones públicas en los ámbitos
correspondientes a sus funciones y competencias, El valor total de la tasación es aprobado median-
específicamente en los casos en que la información te Resolución Ministerial del Sector competen-
estadística no pudiera ser generada por los sistemas te; Acuerdo del Consejo Regional en el caso de
estadísticos propios de las entidades públicas y/o los Gobiernos Regionales; o, mediante Acuerdo
aquella vinculada a las intervenciones públicas de Concejo en el caso de los Gobiernos Locales,
priorizadas por la Dirección General de Presu- según corresponda. El valor total de la tasación
puesto Público, en el marco de la implementación debe tener una antigüedad no mayor a dos años
del Presupuesto por Resultados.’ al momento de su aprobación.’
‘UNDÉCIMA.- Los fondos públicos correspon- ‘Artículo 3.- Del porcentaje adicional de pago
dientes a la fuente de financiamiento Recursos
Ordinarios son distribuidos por el Ministerio de La aprobación del valor total de la tasación, se
Economía y Finanzas a los gobiernos locales, a hace considerando el monto fijado por la Direc-
través de la Dirección General de Endeudamiento ción Nacional de Construcción y agregando un
y Tesoro Público, de acuerdo a lo que dispon- porcentaje adicional del 10% del valor comercial
gan las directivas, que para tal efecto, emita la del terreno y mejoras de corresponder. El valor
Dirección General de Presupuesto Público y el total de la tasación, constituye el precio a pagar-
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el se por todo concepto a los afectados por la ejecu-
marco de sus competencias. Previamente el Mi- ción de obras de infraestructura”.
nisterio Desarrollo e Inclusión Social debe definir
los respectivos criterios técnicos de asignación, Lo establecido en la presente disposición y en la
sobre la base de los cuales se determina anual- cuadragésima segunda disposición complemen-
mente la distribución distrital de los recursos que taria final de la presente Ley, es de aplicación
corresponda a los gobiernos locales. En el caso inmediata a las expropiaciones en trámite sobre
del Programa del Vaso de Leche se aplican las bienes inmuebles que resulten necesarios para la
disposiciones correspondientes de la Ley 27470, ejecución de obras de infraestructura, y se adecuan
Ley que establece normas complementarias para en la etapa en que se encuentren. Asimismo, la
la ejecución del Programa del Vaso de Leche.’ presente disposición resulta aplicable a los su-
puestos regulados por la Ley N.°. 27628, Ley que
‘DÉCIMA CUARTA.- Las modificaciones presupues- facilita la ejecución de obras públicas viales.
tarias en el nivel institucional que se requieran rea-
lizar como consecuencia de la fusión de direcciones, TERCERA. Modificase el segundo párrafo del
programas, dependencias, entidades, organismos artículo 10.° de la Ley N.° 28822, con el siguiente
públicos y comisiones, así como las transferencias de texto:
Diario de los Debates - 22. d sesión (matinaL) 30-11-2012
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