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Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV - Diario de los Debates 2925
b) Hospital de Huaycan, en el pliego Ministerio la implementación y modernización de la gestión
de Salud. en la lucha contra el lavado de activos, mediante
Decreto Supremo refrendado por el Ministro de
c) Red de Salud de Abancay, en el pliego Gobierno Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior,
Regional de Apurímac. a propuesta de este último. La presente disposición
se financia con cargo al Presupuesto Institucional
d) Unidad Ejecutora Hospital José H. Soto Cade- del Pliego Ministerio del Interior.
nillas – Chota, en el pliego del Gobierno Regional
del departamento de Cajamarca. CENTÉSIMA VIGÉSIMA CUARTA. Exonérese
a la Contraloría General de la República de lo
e) Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional dispuesto en los artículos 6 y 8 de la presente Ley,
de Lambayeque, en el pliego del Gobierno Regio- a fin de garantizar el proceso de implementación
nal del departamento de Lambayeque. de la Ley N.° 29555 y el Decreto de Urgencia N.°
062-2010, referidos a la incorporación progresiva
f) Unidad Ejecutora 307: Educación Yarowilca, en de las plazas y presupuesto de los órganos de
el pliego del Gobierno Regional del departamento control institucional, incluyendo a las Fuerzas
de Huánuco. Armadas y la Policía Nacional del Perú; así como
para lo establecido en la Ley N.° 29622 sobre
g) Unidad Ejecutora 308: Educación Lauricocha, capacidad sancionadora por responsabilidad
en el pliego del Gobierno Regional del departa- administrativa funcional; y para continuar con
mento de Huánuco. su proceso de modernización institucional. La
presente disposición será financiada con cargo
h) Unidad Ejecutora Educación Chanchamayo, en al presupuesto institucional de la Contraloría
el pliego Gobierno Regional de Junín. General de la República.
i) Educación UGEL Huánuco, Educación UGEL CENTÉSIMA VIGÉSIMA QUINTA. Declárese
Ambo, Educación UGEL Yarowilca, Educación de necesidad pública y preferente interés nacional
UGEL Lauricocha, en el Pliego Gobierno Regional la construcción de la institución educativa Juan
del Departamento de Huánuco. Crespo y Castillo, en el marco de la normativi-
dad vigente, ubicada en la provincia de Ambo,
j) Red de Salud de Ambo, Red de Salud Puerto departamento de Huánuco, hasta por la suma
Inca, en el Pliego Gobierno Regional de Huá- de S/. 19 753 408,00 (DIECINUEVE MILLO-
nuco. NES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES
MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 00/100
k) Instituto Luciano Castillo Colona de la Provin- NUEVOS SOLES), a cargo del Pliego Ministerio
cia de Talara, en el Pliego Gobierno Regional del de Educación, la cual se financiará con cargo a
departamento de Piura. mayores recursos de dicho Pliego.
CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEGUNDA. Auto- CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEXTA. Autorizase
rícese al Ministerio de Economía y Finanzas a al Banco Agropecuario (AGROBANCO) para que
realizar un estudio de los ingresos de los trabaja- con la sola aprobación de su directorio capte re-
dores del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica, del cursos financieros, líneas de crédito del exterior,
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fondos no reembolsables, tecnologías crediticias o
fin de determinar una mejora de dichos ingresos. crédito, u otra fuente de recursos para cubrir las
Para tal efecto, resulta aplicable lo dispuesto en la necesidades de crédito del sector agrario.
Cuarta Disposición Complementaria Transitoria
de la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema CENTÉSIMA VIGÉSIMA SÉTIMA. Autorizase
Nacional de Presupuesto. a financiar con cargo a mayores recursos del año
2013 las necesidades académicas y administrativas
CENTÉSIMA VIGÉSIMA TERCERA. Au- de la Universidad Nacional de Moquegua.
torícese al Pliego del Ministerio del Interior a
efectuar modificaciones presupuestales a nivel CENTÉSIMA VIGÉSIMA OCTAVA. Declárese
institucional, hasta la suma de S/. 1 162 375,00 de interés nacional y necesidad pública la ejecu-
(UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y DOS MIL ción del proyecto ‘Mejoramiento de la Capacidad
TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 Resolutiva del Hospital Regional Miguel Ángel
NUEVOS SOLES), a favor de la Procuraduría Mariscal Llerena de Ayacucho’, con código SNIP
Pública Especializada en Delitos de Lavado de N.° 240061, para lo cual se autoriza el uso de los
Activos y Procesos de Pérdida de Dominio, para saldos del Decreto de Urgencia N.° 040-2009,
22. d sesión (matinaL) 30-11-2012 - Diario de los Debates
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