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2912   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV

                  Equipamiento del Camal Municipal de La Unión,   Asimismo, autorícese las modificaciones presu-
                  Provincia de Dos de Mayo – Huánuco’, con códi-  puestarias en el nivel institucional que se ge-
                  go SNIP 196814; proyectos que estarán a cargo   neren como consecuencia de lo dispuesto en el
                  de la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo,   párrafo precedente, las que se aprueban me-
                  departamento de Huánuco.                    diante Decreto Supremo, refrendado por el Mi-
                                                              nistro de Economía y Finanzas y el Ministro de
                  -   La elaboración de estudio de inversión de los   Comercio Exterior y Turismo, a propuesta de
                  proyectos ‘Fortalecimiento de los Servicios de Sa-  este último
                  lud del Hospital Regional de Pucallpa - Región
                  Ucayali’, con código SNIP 155616, y ‘Mejoramien-  SEXAGÉSIMA  OCTAVA.  Establézcanse las
                  to del Jr. Guillermo Sisley, Autopista Sánchez Ca-  siguientes medidas en materia de personal e
                  rrión y Av. Yarinacocha, Provincia de Coronel Por-  ingresos:
                  tillo – Ucayali’, con código SNIP 123529; así como
                  la ejecución del proyecto ‘Acondicionamiento Tu-  1.  Exonérese,  por  única  vez,  a  las  siguientes
                  rístico de Lago Yarinacocha - Región Ucayali’, con   entidades de lo establecido en el artículo 6.° de
                  código SNIP 107180; proyectos que estarán a car-  la presente Ley:
                  go del Gobierno Regional de Ucayali.
                                                              a)  Instituto Nacional de Radio y Televisión del
                  Los mencionados proyectos se sujetan a la decla-  Perú – IRTP, para la aprobación de escala remu-
                  ratoria de viabilidad en el marco del Sistema Na-  nerativa.
                  cional de Inversión Pública (SNIP).
                                                              b)  Despacho Presidencial.
                  SEXAGÉSIMA  SEXTA.  Apruébase  una
                  transferencia a favor del Gobierno Regional del   c)  Ministerio de Cultura, para la aprobación de
                  Departamento de Loreto de S/. 20 000 000,00   una escala remunerativa para los artistas es-
                  (VEINTE MILLONES Y OO/100 NUEVOS SO-        pecializados de los elencos nacionales y elencos
                  LES) para financiar parcialmente los estudios de   regionales de dicho Ministerio.
                  factibilidad del proyecto de inversión pública de
                  provisión de infraestructura y servicios púbicos   d)  Instituto Nacional de Defensa de la Competen-
                  ‘Construcción de ferrocarril interoceánico Norte   cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
                  Yurimaguas – Iquitos’, con código presupuestal   (INDECOPI), Organismo Supervisor de la Inver-
                  de Proyecto N.° 2.001621.                   sión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL),
                                                              Organismo Supervisor de la Energía y Minería
                  Para tal efecto, dispónese que, con cargo a su   (OSINERGMIN), Superintendencia Nacional de
                  respectivo presupuesto institucional, el Minis-  Servicios de Saneamiento (SUNASS) y Organismo
                  terio de Transportes y Comunicaciones efectué   Supervisor de la Inversión en Infraestructura en
                  una transferencia por dicho monto. La transfe-  Transporte de Uso Público (OSITRAN), para la
                  rencia señalada en la presente disposición debe   aprobación de una escala remunerativa.
                  efectuarse en un plazo que no exceda el 28 de
                  febrero de 2013 y será aprobada mediante decreto   Dichas acciones se aprueban mediante decreto
                  supremo refrendado por el Ministro de Econo-  supremo, a solicitud del pliego o sector respectivo,
                  mía y Finanzas y el Ministro de Transportes y   según corresponda, conforme a lo establecido en la
                  Comunicaciones.                             Ley N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional
                                                              de Presupuesto, previo informe favorable de la
                  SEXAGÉSIMA SÉTIMA. Modificase el artícu-    Dirección General de Presupuesto Público y de la
                  lo 4.° de la Ley N° 29890, en el extremo que las   Dirección General de Gestión de Recursos Públi-
                  Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior de-  cos del Ministerio de Economía y Finanzas.
                  pendan orgánicamente y administrativamente
                  de la Comisión de Promoción del Perú para la   2.  Exonérese,  por  única  vez,  a  las  siguientes
                  Exportación y el Turismo, PROMPERU, estan-  entidades de lo establecido en el numeral 8.1 del
                  do a cargo del concurso público de méritos pa-  artículo 8.° de la presente Ley:
                  ra la selección de consejeros y agregados econó-
                  micos comerciales. Para tal efecto, el Ministerio   a)   La contratación de personal para la implemen-
                  de Comercio Exterior y Turismo y la Comisión   tación de la Escuela Nacional de Administración
                  de Promoción del Perú para la Exportación y el   Pública a cargo de la Autoridad Nacional del
                  Turismo, PROMPERU, adecuan sus documen-     Servicio Civil (SERVIR).
                  tos de gestión en un plazo no mayor de 180 días
                  calendarios.                                b)   Despacho Presidencial.


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                   Diario de los Debates - 22.  d sesión (matinaL) 30-11-2012
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