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2898   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV

                  párrafo 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia   DUODÉCIMA. Facúltase al Poder Ejecutivo
                  antes mencionado, el cual queda redactado de la   para que mediante decreto supremo, con el voto
                  siguiente manera:                           aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado
                                                              por el Presidente del Consejo de Ministros, el
                  ‘2.3 La información validada por cada municipali-  Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y
                  dad es remitida al Instituto Nacional de Estadís-  Finanzas, apruebe las incorporaciones presupues-
                  tica e Informática y al Ministerio de Desarrollo   tarias de los recursos provenientes de la operación
                  e Inclusión Social, bajo responsabilidad, en los   de endeudamiento interno a ser celebrada por el
                  meses de enero y julio de cada año.’        Ministerio de Economía y Finanzas con el Banco
                                                              de la Nación, destinadas a financiar las adquisi-
                  DÉCIMA. Autorízase al pliego Ministerio de   ciones del Sector Defensa.
                  Educación para realizar modificaciones presu-
                  puestarias a nivel institucional, con cargo a su   DÉCIMA TERCERA. Cuando los pliegos pre-
                  presupuesto institucional, a favor del Instituto   supuestarios del Gobierno Nacional reciban el
                  Peruano del Deporte, la Municipalidad Provin-  apoyo de las Fuerzas Armadas y de la Policía
                  cial de Trujillo y la Municipalidad Distrital de   Nacional del Perú para un mejor cumplimiento
                  Huanchaco, para la realización de los XVII Juegos   de sus funciones, quedan autorizados a realizar
                  Bolivarianos 2013 y los I Juegos Sudamericanos   modificaciones presupuestarias en el nivel insti-
                  de la Juventud 2013.                        tucional a favor del pliego Ministerio de Defensa y
                                                              Ministerio del Interior, según corresponda. Dichas
                  Los montos a ser transferidos, corresponden a la   transferencias de recursos se financian con cargo
                  culminación de los proyectos de inversión pública   al presupuesto institucional del pliego que reciba
                  iniciados en el 2012, que fueron determinados por   el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional
                  la comisión constituida en el marco de lo dispuesto   del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos
                  en la trigésima octava disposición complementaria   Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al
                  final de la Ley 29812, y que se encuentren viables   Tesoro Público, y se aprueban mediante decreto
                  y priorizados en la programación del presupuesto   supremo refrendado por el Ministro de Economía
                  multianual de la inversión pública, correspondien-  y Finanzas y el Ministro del sector respectivo, a
                  tes a las ciudades de Trujillo, Chiclayo y Lima; así   propuesta de este último, previo informe de la
                  como, para el pago de las subvenciones para los   oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el
                  gastos de organización y participación de atletas en   pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas
                  los eventos referidos en el párrafo precedente.   o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad
                                                              del titular de dicho pliego.
                  Asimismo, se le autoriza a transferir los recursos
                  necesarios para la ejecución del proyecto con códi-  DÉCIMA CUARTA.- Dispónese que, el INDECI,
                  go SNIP 189932 de la Municipalidad de Trujillo,   en el marco de su función de garantizar una adecua-
                  sede principal de los Juegos Bolivarianos para el   da y oportuna atención de personas damnificadas
                  año fiscal 2013.                            en casos de desastres, establecida en Ley 29664,
                                                              Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del
                  La transferencia de recursos a que hace referencia   Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamen-
                  el presente artículo se aprueba mediante decreto   to, aprobado por Decreto Supremo 048-2011-PCM,
                  supremo refrendado por el Ministro de Economía   es el responsable de la adquisición y distribución
                  y Finanzas y el Ministro de Educación, a pedido   de alimentos, como parte de los bienes de ayuda
                  de este último.                             humanitaria, para atender las emergencias que so-
                                                              brepasen la capacidad de respuesta de los gobiernos
                  ÚNDÉCIMA.- Facúltese al Poder Ejecutivo para   locales y regionales, así como en aquellos supuestos
                  que mediante decreto supremo, con el voto apro-  establecidos mediante directiva aprobada mediante
                  batorio del Consejo de Ministros, y refrendado por   Resolución Jefatural del INDECI.
                  el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro
                  de Economía y Finanzas, y el Ministro del Sector   Para efectos de la distribución de los alimentos a
                  correspondiente, se aprueban las incorporacio-  los que se hace referencia en el párrafo precedente,
                  nes presupuestarias en el pliego respectivo, de   el INDECI podrá solicitar la colaboración de otras
                  los recursos provenientes de las operaciones de   entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos
                  endeudamiento externo, que se celebren hasta   regionales y gobiernos locales.
                  al 31 de diciembre de 2012, por la República del
                  Perú con el organismo financiero internacional   El INDECI dictará los lineamientos y directivas
                  o multilateral, para las finalidades establecidas   necesarios para garantizar la continuidad del
                  en el contrato o convenio respectivo.       suministro, la unidad en la determinación de las


                   Diario de los Debates - 22.  d sesión (matinaL) 30-11-2012
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