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2894 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV
y Finanzas y el Ministro de Salud a propuesta de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y mo-
este último. dificatorias, aprobado mediante Decreto Supre-
mo 066-2009-EF. Para la ejecución del Fonie, el
Artículo 22. Prestaciones complementa- reglamento determina el mecanismo de admi-
rias nistración más apropiado, el cual debe permi-
tir el incremento del mismo a través de aportes
El personal médico cirujano de los estableci- por parte de personas jurídicas o naturales, or-
mientos de salud con excepción de los que se ganismos de cooperación y las entidades de los
encuentran prestando el Servicio Rural Urbano tres niveles de gobierno, asegurando la mayor
Marginal de Salud (SERUMS), del Ministerio de eficiencia en la gestión del Fonie.
Salud, de sus organismos públicos, de los gobier-
nos regionales, del Seguro Social (EsSalud), así Para tal fin, las entidades del Gobierno Nacional
como de las sanidades de las Fuerzas Armadas y quedan autorizadas para ejecutar los proyectos
de la Policía Nacional, pueden prestar servicios de inversión pública y demás actividades que sean
complementarios en el mismo establecimiento de determinados por el Ministerio de Desarrollo e In-
salud y/o en otro con el que su unidad ejecutora clusión Social y que se financiarán con cargo a los
o entidad pública tenga suscrito un contrato de recursos del Fonie, creado mediante la presente
intercambio prestacional para la prestación de disposición. La ejecución de los proyectos de in-
servicios complementarios, a efectos de garantizar versión pública, y actividades de mantenimien-
y ampliar la cobertura de los servicios médicos to se ejecutarán mediante cualquiera de las mo-
asistenciales. dalidades permitidas por la legislación vigente, y
preferentemente, mediante una intervención si-
Artículo 23. Fondo para la Inclusión Eco- multánea en la infraestructura básica territorial,
nómica en Zonas Rurales cuya aplicación será detallada en el reglamento
del Fonie. Las entidades del Gobierno Nacional
Créase el Fondo para la Inclusión Económica en pueden suscribir convenios, u otros documentos,
Zonas Rurales (Fonie), el mismo que se encuen- con los gobiernos regionales, los gobiernos locales
tra a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclu- y/o personas jurídicas privadas según correspon-
sión Social (Midis), con la finalidad de financiar da para la ejecución de los mencionados proyectos
la elaboración de estudios de preinversión, ejecu- de inversión pública, y/o actividades, cuya trans-
ción de proyectos de inversión pública, y/o man- ferencia para el caso de las entidades del gobier-
tenimiento a cargo de las entidades del Gobier- no nacional se realiza bajo la modalidad de modi-
no Nacional y/o personas jurídicas privadas, para ficación presupuestaria en el nivel institucional
la ejecución de la infraestructura de agua y sa- aprobada mediante decreto supremo refrendado
neamiento, electrificación, telecomunicaciones por el Ministro de Economía y Finanzas y Minis-
y caminos vecinales, en los distritos que se en- tro del Sector correspondiente, a solicitud de este
cuentran en los quintiles I y II de pobreza y que último, y se incorporan en el presupuesto insti-
cuenten con más del 50% de hogares en proceso tucional de los gobiernos regionales y gobiernos
de inclusión conforme a lo determinado por el Mi- locales en la fuente de financiamiento Recursos
nisterio de Desarrollo e Inclusión Social, así como Determinados, y para el caso de las personas ju-
en la zona del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y rídicas privadas, se aprueba mediante decreto su-
Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas premo refrendado por los ministros de Economía
de frontera, y en las zonas de influencia de estos, y Finanzas y de Desarrollo e Inclusión Social, a
con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y ca- solicitud de este último. Asimismo, mediante de-
lidad, de los servicios básicos seleccionados, ge- creto supremo, propuesto por el Ministerio de De-
nerando un impacto en el bienestar y mejora de sarrollo e Inclusión Social, y con el refrendo de
la calidad de vida en los hogares rurales. los Ministros de Economía y Finanzas y de Desa-
rrollo e Inclusión Social, se aprueban las disposi-
Con este objeto, la Dirección General de Endeu- ciones para la implementación y funcionamien-
damiento y Tesoro Público queda autorizada to del Fonie, así como de las demás disposiciones
para depositar hasta S/. 600 000 000,00 (SEIS- complementarias que fueran necesarias.
CIENTOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SO-
LES), en una cuenta de carácter intangible, con Para efectos de la ejecución de los proyectos de in-
cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Pú- versión pública con cargo a los recursos del Fonie,
blico al 31 de diciembre del año 2012, los que, las entidades que tengan a cargo procedimientos
a efectos de la presente norma, están excep- previos que deben cumplirse para la ejecución de
tuados del artículo 7, párrafo 7.1, literal a), del dichos proyectos de inversión pública aprobarán
Texto Único Ordenado de la Ley 27245, Ley de medidas para simplificarlos.
a
Diario de los Debates - 22. d sesión (matinaL) 30-11-2012