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2894   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV

                  y Finanzas y el Ministro de Salud a propuesta de   Responsabilidad y Transparencia Fiscal y mo-
                  este último.                                dificatorias, aprobado mediante Decreto Supre-
                                                              mo 066-2009-EF. Para la ejecución del Fonie, el
                  Artículo  22.  Prestaciones  complementa-   reglamento determina el mecanismo de admi-
                  rias                                        nistración más apropiado, el cual debe permi-
                                                              tir el incremento del mismo a través de aportes
                  El personal médico cirujano de los estableci-  por parte de personas jurídicas o naturales, or-
                  mientos de salud con excepción de los que se   ganismos de cooperación y las entidades de los
                  encuentran prestando el Servicio Rural Urbano   tres niveles de gobierno, asegurando la mayor
                  Marginal de Salud (SERUMS), del Ministerio de   eficiencia en la gestión del Fonie.
                  Salud, de sus organismos públicos, de los gobier-
                  nos regionales, del Seguro Social (EsSalud), así   Para tal fin, las entidades del Gobierno Nacional
                  como de las sanidades de las Fuerzas Armadas y   quedan autorizadas para ejecutar los proyectos
                  de la Policía Nacional, pueden prestar servicios   de inversión pública y demás actividades que sean
                  complementarios en el mismo establecimiento de   determinados por el Ministerio de Desarrollo e In-
                  salud y/o en otro con el que su unidad ejecutora   clusión Social y que se financiarán con cargo a los
                  o entidad pública tenga suscrito un contrato de   recursos del Fonie, creado mediante la presente
                  intercambio prestacional para la prestación de   disposición. La ejecución de los proyectos de in-
                  servicios complementarios, a efectos de garantizar   versión pública, y actividades de mantenimien-
                  y ampliar la cobertura de los servicios médicos   to se ejecutarán mediante cualquiera de las mo-
                  asistenciales.                              dalidades permitidas por la legislación vigente, y
                                                              preferentemente, mediante una intervención si-
                  Artículo 23. Fondo para la Inclusión Eco-   multánea en la infraestructura básica territorial,
                  nómica en Zonas Rurales                     cuya aplicación será detallada en el reglamento
                                                              del Fonie. Las entidades del Gobierno Nacional
                  Créase el Fondo para la Inclusión Económica en   pueden suscribir convenios, u otros documentos,
                  Zonas Rurales (Fonie), el mismo que se encuen-  con los gobiernos regionales, los gobiernos locales
                  tra a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclu-  y/o personas jurídicas privadas según correspon-
                  sión Social (Midis), con la finalidad de financiar   da para la ejecución de los mencionados proyectos
                  la elaboración de estudios de preinversión, ejecu-  de inversión pública, y/o actividades, cuya trans-
                  ción de proyectos de inversión pública, y/o man-  ferencia para el caso de las entidades del gobier-
                  tenimiento a cargo de las entidades del Gobier-  no nacional se realiza bajo la modalidad de modi-
                  no Nacional y/o personas jurídicas privadas, para   ficación presupuestaria en el nivel institucional
                  la ejecución de la infraestructura de agua y sa-  aprobada mediante decreto supremo refrendado
                  neamiento, electrificación, telecomunicaciones   por el Ministro de Economía y Finanzas y Minis-
                  y caminos vecinales, en los distritos que se en-  tro del Sector correspondiente, a solicitud de este
                  cuentran en los quintiles I y II de pobreza y que   último, y se incorporan en el presupuesto insti-
                  cuenten con más del 50% de hogares en proceso   tucional de los gobiernos regionales y gobiernos
                  de inclusión conforme a lo determinado por el Mi-  locales en la fuente de financiamiento Recursos
                  nisterio de Desarrollo e Inclusión Social, así como   Determinados, y para el caso de las personas ju-
                  en la zona del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y   rídicas privadas, se aprueba mediante decreto su-
                  Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas   premo refrendado por los ministros de Economía
                  de frontera, y en las zonas de influencia de estos,   y Finanzas y de Desarrollo e Inclusión Social, a
                  con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y ca-  solicitud de este último. Asimismo, mediante de-
                  lidad, de los servicios básicos seleccionados, ge-  creto supremo, propuesto por el Ministerio de De-
                  nerando un impacto en el bienestar y mejora de   sarrollo e Inclusión Social, y con el refrendo de
                  la calidad de vida en los hogares rurales.   los Ministros de Economía y Finanzas y de Desa-
                                                              rrollo e Inclusión Social, se aprueban las disposi-
                  Con este objeto, la Dirección General de Endeu-  ciones para la implementación y funcionamien-
                  damiento y Tesoro Público queda autorizada   to del Fonie, así como de las demás disposiciones
                  para depositar hasta S/. 600 000 000,00 (SEIS-  complementarias que fueran necesarias.
                  CIENTOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SO-
                  LES), en una cuenta de carácter intangible, con   Para efectos de la ejecución de los proyectos de in-
                  cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Pú-  versión pública con cargo a los recursos del Fonie,
                  blico al 31 de diciembre del año 2012, los que,   las entidades que tengan a cargo procedimientos
                  a efectos de la presente norma, están excep-  previos que deben cumplirse para la ejecución de
                  tuados del artículo 7, párrafo 7.1, literal a), del   dichos proyectos de inversión pública aprobarán
                  Texto Único Ordenado de la Ley 27245, Ley de   medidas para simplificarlos.


                                      a
                   Diario de los Debates - 22.  d sesión (matinaL) 30-11-2012
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