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Primera LegisLatura Ordinaria de 2011 - tOmO ii - Diario de los Debates     1657
                  2011 de lo dispuesto en el literal b) del numeral   publicación de la presente Ley, y se financia con
                  1) del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la   cargo al presupuesto institucional del Ministerio
                  Ley 27245 aprobado por Decreto Supremo 066­  del Interior.
                  2009-EF, se utilizará la inflación promedio anual
                  del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de   NONAGÉSIMA OCTAVA. Dispónese que las
                  Lima Metropolitana registrada por el Instituto   entidades públicas y empresas del Estado sujetas
                  Nacional de Estadística e Informática (INEI).   al régimen laboral del Decreto Legislativo 728
                  La  presente  disposición  entra  en  vigencia  a   otorgan la Asignación Familiar establecida en la
                  partir del día siguiente de la publicación de la   Ley 25129, en el equivalente al diez por ciento
                  presente Ley.                               (10%) de la remuneración mínima vital, dentro
                                                              de los montos establecidos en su respectiva es­
                  NONAGÉSIMA  CUARTA.  Prorróguese  la        cala remunerativa. En los casos en que con la
                  vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2012, del   aplicación de la Asignación Familiar se exceda el
                  Decreto de Urgencia 052­2011, que crea el Fondo   monto de la escala remunerativa, la diferencia
                  Especial para la Seguridad Ciudadana, con la   deberá registrarse como un adicional de dicha
                  finalidad de que con cargo a los recursos de di­  asignación  en  la  respectiva  planilla  de  pago.
                  cho Fondo se continúen financiando actividades,   Asimismo, el monto que se perciba por concepto
                  proyectos y programas destinados a combatir la   de Asignación Familiar se sujeta a los reajustes
                  inseguridad ciudadana. Asimismo, dispónese que   que se realicen a la remuneración mínima vital,
                  los recursos del referido Fondo se encuentran   los mismos que se adecuan previa autorización
                  exceptuados de lo dispuesto por el literal a) del   dada por el Titular de la entidad o el que haga sus
                  numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Orde­  veces. Lo establecido en la presente disposición
                  nado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y   se sujeta al presupuesto institucional del pliego
                  Transparencia Fiscal y sus modificatorias.   respectivo, y no demanda recursos adicionales al

                  NONAGÉSIMA QUINTA. Autorízase al pliego     Tesoro Público.
                  Ministerio del Interior ­ Policía Nacional del Perú   NONAGÉSIMA NOVENA. Dispónese que el
                  a implementar la prestación de servicios de salud
                  para terceros en los hospitales a su cargo y cuyos   Tribunal Constitucional adquiera un terreno
                                                              en el que se construirá un inmueble con el fin
                  recursos que se generen se considerarán Recursos
                  Directamente Recaudados.                    de destinarlo a su nueva sede institucional en la
                                                              ciudad de Lima, y cuyo financiamiento se ejecuta
                  NONAGÉSIMA SEXTA. Autorízase al Minis­      con cargo a su presupuesto institucional y/o con
                  terio del Interior a dar continuidad por medio   los mayores ingresos del Presupuesto del Sector
                  de una adenda con la Oficina de Servicios para   Público.
                  Proyectos de las Naciones Unidas – UNOPS, en el
                  marco de la Enmienda suscrita con el Programa   CENTÉSIMA. Autorízase al Ministerio de Eco­
                  de Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD,   nomía y Finanzas a realizar un estudio de los
                  que comprende los proyectos PER 02/R.33, PER   ingresos de los trabajadores del Ministerio Público
                  07/R.38.I y PER 07/R.38.II, a fin de utilizar los   a fin de determinar una escala remunerativa que
                  recursos transferidos que no se hayan compro­  sea acorde con los ingresos de los trabajadores de
                  metido al 31 de diciembre de 2011, incluidos los   las entidades del sistema de justicia. La nueva
                  intereses generados en los citados proyectos.   escala remunerativa del Ministerio Público se
                                                              aprobará en el marco de la Cuarta Disposición
                  NONAGÉSIMA SÉTIMA. Autorízase al Mi­        Transitoria de la Ley 28411, Ley General del
                  nisterio del Interior la continuidad, hasta el 31   Sistema Nacional de Presupuesto.
                  de diciembre de 2012, del otorgamiento de la
                  asignación especial aprobado con el Decreto de   CENTÉSIMA PRIMERA. Autorízase al pliego
                  Urgencia 047­2011, a favor del personal policial   Ministerio de Transportes y Comunicaciones
                  que preste servicios policiales bajo la modalidad   para que a través de PROVIAS, en coordinación
                  de retén­servicio­franco, en los departamentos   con el Gobierno Regional del Departamento de
                  de La Libertad, Lambayeque y Piura, así como   Tacna, priorice la terminación de los estudios de
                  en la Provincia Constitucional del Callao, y en   preinversión pública y declaratoria de viabilidad
                  el distrito de Comas – Lima. Asimismo, inclú­  del proyecto ‘Carretera Colpa-La Paz’ código SNIP
                  yese las zonas del Valle de los Ríos Apurímac y   1249 y la ejecución del proyecto ‘Mejoramiento
                  Ene (VRAE), Huallaga y Arequipa dentro de los   de la carretera Ticaco­Candarave’ código SNIP
                  alcances del citado Decreto de Urgencia. La pre­  104575, por tratarse de vías priorizadas para el
                  sente medida rige a partir del día siguiente de la   desarrollo fronterizo.


                                                                 18.   a sesión (matinaL) 24-11--2011 - Diario de los Debates
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