Page 93 - 2006\Debate-2006\Debate(3)
P. 93

Diario de los Debates
                                                                                         Diario de los Debates
                                                                                         Diario de los Debates
                                                           PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2006 - TOMO II - Diario de los DebatesDiario de los Debates  1513
                  realización de proyectos de inversión que permi-  Ley N.° 28901, serán destinados al incremento
                  tan el desarrollo de la actividad turística a nivel  de la asignación especial otorgada al personal
                  nacional.’                                  auxiliar y jurisdiccional y administrativo del Po-
                                                              der Judicial mediante el Decreto de Urgencia N.°
                  Octava.— En la Evaluación Presupuestal de eje-  017-2006.
                  cución del Presupuesto del Sector Público para
                  el Año Fiscal 2007, las entidades públicas incor-  Décima Cuarta.— Para la ejecución de las ac-
                  poran en el análisis la incidencia en políticas de  ciones y actividades de control gubernamental y
                  equidad de género.                          fiscalización a las entidades públicas, la Contra-
                                                              loría General de la República se encuentra ex-
                  Novena.— Facúltase a las universidades nacio-  ceptuada de las restricciones presupuestarias,
                  nales para que con el aporte que reciben por Ca-  salvo lo referido a remuneraciones, asignaciones,
                  non, Sobrecanon y Regalías puedan realizar in-  retribuciones y beneficios de toda índole, sin de-
                  vestigaciones que potencien el desarrollo econó-  mandar mayores recursos al Tesoro Público.
                  mico y productivo de las regiones.
                                                              Décima Quinta.— Las entidades públicas, bajo
                  Décima.— Exceptúase al Registro Nacional de  responsabilidad de su Titular, deben cumplir con
                  Identificación y Estado Civil – RENIEC, de las  el pago de aportes mensuales, de conformidad con
                  prohibiciones del inciso c), numeral 3, del artículo  la normatividad vigente, a la Oficina de Norma-
                  4.° de la presente Ley, para las labores de regis-  lización Previsional – ONP, las Administradoras
                  trar a la población peruana indocumentada, con  Privadas de Fondos de Pensiones y al Seguro
                  énfasis en las personas en situación de pobreza y  Social de Salud – ESSALUD. La Contraloría Ge-
                  vulnerabilidad en el marco del Plan Nacional de  neral de la República verifica el cumplimiento de
                  Restitución de la Identidad; excepción que será  los antes indicado.
                  atendida con Recursos Directamente Recauda-
                  dos de la Entidad, sin demandar recursos adicio-  Décima Sexta.— Autorízase a las entidades
                  nales al Tesoro Público.                    públicas a conciliar y, de ser el caso, compensar
                                                              las deudas tributarias, especialmente las deudas
                  Décima Primera.— En el presente Ejercicio Fis-  por concepto de arbitrios, y las acreencias de toda
                  cal, los Pliegos presupuestarios destinarán al cum-  índole con las municipalidades, en un plazo no
                  plimiento de sentencias en calidad de cosa juz-  mayor de treinta (30) días hábiles. Como produc-
                  gada, de los adeudos por beneficios sociales, has-  to de dichas conciliaciones y compensaciones, se-
                  ta el cinco por ciento (5%) y no menos del tres  gún corresponda, se aprueban los cronogramas
                  por ciento (3%) de la asignación presupuestal que  de pago, para su atención en el marco del Presu-
                  le corresponda al Pliego por la fuente de Recur-  puesto Institucional del Pliego respectivo.
                  sos Ordinarios (bienes y servicios), debiendo
                  priorizarse el pago a cesantes y jubilados.  Décima Sétima.— Prohíbese en el Sector Pú-
                                                              blico la percepción simultánea de remuneración
                  En las ampliaciones presupuestales que se aprue-  y pensión, o de remuneración y honorarios por
                  ben durante el año 2007, se destina el cinco por  servicios no personales o locación de servicios,
                  ciento (5%) para la atención de lo establecido en  asesorías o consultorías, salvo por función docente
                  el primer párrafo de la presente disposición.  o la percepción de dietas por participación en uno
                                                              de los directorios de entidades y empresas públi-
                  Décima Segunda.—  Créase una Comisión Es-   cas.
                  pecial encargada de evaluar, cuantificar y propo-
                  ner recomendaciones sobre los adeudos sociales  Décima Octava.— Autorízase a la Presidencia
                  de los Pliegos presupuestales generados por el  del Consejo de Ministros a suscribir un convenio
                  Decreto de Urgencia N.° 037-94. Encárgase a la  con la Autoridad Autónoma del Tren Eléctrico
                  Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de  de Lima – AATE, Organismo Público Descentra-
                  los treinta (30) días siguientes a la publicación  lizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
                  de la presente Ley, la conformación, instalación  con el objeto de establecer las mejores condicio-
                  y presidencia de la Comisión Especial. Ésta emi-  nes para el mantenimiento de su actual infraes-
                  te un informe en un plazo no mayor de ciento  tructura y determinar la modalidad de ejecución
                  veinte (120) días calendario, debiendo remitir una  del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Trans-
                  copia al Congreso de la República.          porte Masivo de Lima y Callao.
                  Décima Tercera.— Los recursos ahorrados en  Décima Novena.— Mediante decreto supremo
                  el Poder Judicial, producto de la aplicación de la  refrendado por el Ministro de Economía y Finan-


                                                                19.   C SESIÓN (MATINAL) 28-11-2006 -       Diario de los Debates
                                                                   a
   88   89   90   91   92   93   94   95   96