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Diario de los Debates
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PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2006 - TOMO II - Diario de los DebatesDiario de los Debates 1513
realización de proyectos de inversión que permi- Ley N.° 28901, serán destinados al incremento
tan el desarrollo de la actividad turística a nivel de la asignación especial otorgada al personal
nacional.’ auxiliar y jurisdiccional y administrativo del Po-
der Judicial mediante el Decreto de Urgencia N.°
Octava.— En la Evaluación Presupuestal de eje- 017-2006.
cución del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2007, las entidades públicas incor- Décima Cuarta.— Para la ejecución de las ac-
poran en el análisis la incidencia en políticas de ciones y actividades de control gubernamental y
equidad de género. fiscalización a las entidades públicas, la Contra-
loría General de la República se encuentra ex-
Novena.— Facúltase a las universidades nacio- ceptuada de las restricciones presupuestarias,
nales para que con el aporte que reciben por Ca- salvo lo referido a remuneraciones, asignaciones,
non, Sobrecanon y Regalías puedan realizar in- retribuciones y beneficios de toda índole, sin de-
vestigaciones que potencien el desarrollo econó- mandar mayores recursos al Tesoro Público.
mico y productivo de las regiones.
Décima Quinta.— Las entidades públicas, bajo
Décima.— Exceptúase al Registro Nacional de responsabilidad de su Titular, deben cumplir con
Identificación y Estado Civil – RENIEC, de las el pago de aportes mensuales, de conformidad con
prohibiciones del inciso c), numeral 3, del artículo la normatividad vigente, a la Oficina de Norma-
4.° de la presente Ley, para las labores de regis- lización Previsional – ONP, las Administradoras
trar a la población peruana indocumentada, con Privadas de Fondos de Pensiones y al Seguro
énfasis en las personas en situación de pobreza y Social de Salud – ESSALUD. La Contraloría Ge-
vulnerabilidad en el marco del Plan Nacional de neral de la República verifica el cumplimiento de
Restitución de la Identidad; excepción que será los antes indicado.
atendida con Recursos Directamente Recauda-
dos de la Entidad, sin demandar recursos adicio- Décima Sexta.— Autorízase a las entidades
nales al Tesoro Público. públicas a conciliar y, de ser el caso, compensar
las deudas tributarias, especialmente las deudas
Décima Primera.— En el presente Ejercicio Fis- por concepto de arbitrios, y las acreencias de toda
cal, los Pliegos presupuestarios destinarán al cum- índole con las municipalidades, en un plazo no
plimiento de sentencias en calidad de cosa juz- mayor de treinta (30) días hábiles. Como produc-
gada, de los adeudos por beneficios sociales, has- to de dichas conciliaciones y compensaciones, se-
ta el cinco por ciento (5%) y no menos del tres gún corresponda, se aprueban los cronogramas
por ciento (3%) de la asignación presupuestal que de pago, para su atención en el marco del Presu-
le corresponda al Pliego por la fuente de Recur- puesto Institucional del Pliego respectivo.
sos Ordinarios (bienes y servicios), debiendo
priorizarse el pago a cesantes y jubilados. Décima Sétima.— Prohíbese en el Sector Pú-
blico la percepción simultánea de remuneración
En las ampliaciones presupuestales que se aprue- y pensión, o de remuneración y honorarios por
ben durante el año 2007, se destina el cinco por servicios no personales o locación de servicios,
ciento (5%) para la atención de lo establecido en asesorías o consultorías, salvo por función docente
el primer párrafo de la presente disposición. o la percepción de dietas por participación en uno
de los directorios de entidades y empresas públi-
Décima Segunda.— Créase una Comisión Es- cas.
pecial encargada de evaluar, cuantificar y propo-
ner recomendaciones sobre los adeudos sociales Décima Octava.— Autorízase a la Presidencia
de los Pliegos presupuestales generados por el del Consejo de Ministros a suscribir un convenio
Decreto de Urgencia N.° 037-94. Encárgase a la con la Autoridad Autónoma del Tren Eléctrico
Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de de Lima – AATE, Organismo Público Descentra-
los treinta (30) días siguientes a la publicación lizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
de la presente Ley, la conformación, instalación con el objeto de establecer las mejores condicio-
y presidencia de la Comisión Especial. Ésta emi- nes para el mantenimiento de su actual infraes-
te un informe en un plazo no mayor de ciento tructura y determinar la modalidad de ejecución
veinte (120) días calendario, debiendo remitir una del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Trans-
copia al Congreso de la República. porte Masivo de Lima y Callao.
Décima Tercera.— Los recursos ahorrados en Décima Novena.— Mediante decreto supremo
el Poder Judicial, producto de la aplicación de la refrendado por el Ministro de Economía y Finan-
19. C SESIÓN (MATINAL) 28-11-2006 - Diario de los Debates
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