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                   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2006 - TOMO II
                  que se refiere la Ley N.° 28258, en gasto corrien-  Cuarta.— Es requisito para la creación de nue-
                  te para ser destinados al mantenimiento de la  vas unidades ejecutoras, que éstas cuenten con
                  infraestructura generada por los proyectos de  un presupuesto por toda fuente de financiamiento
                  impacto regional y local y los gastos que deman-  no inferior a DIEZ MILLONES Y 00/100 NUE-
                  den los Procesos de Selección para la ejecución  VOS SOLES (S/. 10 000 000,00).
                  de proyectos de inversión pública.
                                                              En las zonas de baja densidad poblacional, el Mi-
                  Asimismo, los gobiernos regionales y locales pue-  nisterio de Economía y Finanzas establecerá, a
                  den destinar hasta el cinco por ciento (5%) de los  pedido de los gobiernos regionales, un procedi-
                  recursos provenientes del Canon y Sobrecanon y  miento diferenciado para la creación de nuevas
                  la Regalía Minera a que se refiere la Ley N.° 28258,  unidades ejecutoras.
                  para financiar la elaboración de perfiles de los
                  proyectos de inversión pública que se enmarquen  Quinta.— El valor del Bono de Productividad, a
                  en los respectivos planes de desarrollo concerta-  que hace referencia el artículo 63.° párrafo 63.2 de
                  dos.                                        la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
                                                              Ley N.° 28411, se financia íntegramente con cargo
                  Lo establecido en la presente disposición no es  a los ahorros que se produzcan en la gestión del
                  de aplicación a los gobiernos regionales o gobier-  presupuesto institucional de la entidad.
                  nos locales a los que la normatividad haya otor-
                  gado la facultad del uso de un porcentaje de los  El Ministerio de Economía y Finanzas queda au-
                  recursos provenientes del Canon en gasto corrien-  torizado a otorgar recursos para la adquisición
                  te. Igual facultad de uso de recursos, en los mis-  de los bienes y equipos necesarios para el cum-
                  mos porcentajes, se tiene respecto de los recur-  plimiento de las funciones de la entidad con que
                  sos en aplicación del Decreto Supremo N.° 014-  se firme el convenio para el Año Fiscal 2007.
                  2002-PRES, publicado el 8 de junio de 2002.
                                                              Durante el Año Fiscal 2007 no se suscriben con-
                  Asimismo, los gobiernos regionales y los gobier-  venios de administración por resultados con en-
                  nos locales utilizan los recursos provenientes del  tidades bajo el régimen laboral de la actividad
                  Canon y Sobrecanon y la Regalía Minera en el  privada, salvo el caso de las empresas municipa-
                  financiamiento o cofinanciamiento de proyectos  les de agua potable y alcantarillado.
                  de inversión pública que comprendan interven-
                  ciones orientadas a brindar servicios públicos y  Sexta.— A partir del Año Fiscal 2007, la distri-
                  que generen beneficios a la comunidad y se  bución prevista en el segundo párrafo de la Ter-
                  enmarquen en las competencias de su nivel de  cera Disposición Complementaria de la Ley N.°
                  gobierno o en el cofinanciamiento de proyectos  27783, Ley de Bases de la Descentralización, com-
                  de inversión pública de competencia de otros ni-  prende los recursos provenientes de los nuevos
                  veles de gobierno que sean ejecutados por estos  procesos de privatización y concesiones, y tam-
                  últimos. Estos proyectos no pueden considerar,  bién los recursos provenientes de subastas, con-
                  en ningún caso, intervenciones con fines empre-  cursos o licitaciones correspondientes a procesos
                  sariales o que puedan ser realizados por el Sec-  iniciados con anterioridad a la referida Ley.
                  tor Privado.
                                                              Sétima.— Modifícase el artículo 75.° de la Ley
                  Para efecto de la aplicación de la presente dispo-  General del Sistema Nacional de Presupuesto,
                  sición, los gobiernos regionales y los gobiernos  Ley N.° 28411 y modificatorias, sustituyéndose
                  locales quedan exonerados de lo dispuesto en el  el literal h) e incluyéndose el literal k) conforme
                  artículo 41.° párrafo 41.1 literal c) de la Ley Ge-  a lo siguiente:
                  neral del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley
                  N.° 28411.                                  ‘h) Del Ministerio de Vivienda, Construcción y
                                                              Saneamiento, para actividades y proyectos de in-
                  Tercera.— Al 31 de diciembre de 2006, el Poder  versión de saneamiento, vivienda y urbanismo,
                  Ejecutivo publicará el decreto supremo que con-  incluyendo las que se realicen a las Empresas
                  tiene el reglamento de la Ley N.° 27293, modifi-  Prestadoras de Servicio de Saneamiento Munici-
                  cada por la Ley N.° 28802. Dicho reglamento en-  pales – EPS, SENCICO, SEDAPAL y BANMAT.
                  trará en vigencia desde el 1 de enero de 2007,
                  quedando derogado el Decreto de Urgencia N.°  [...]
                  18-2006. Esta disposición entra en vigencia des-
                  de el día siguiente de la publicación de la presen-  k) Del Plan COPESCO Nacional a favor de los
                  te Ley.                                     gobiernos regionales y gobiernos locales, para la


                                      a
                   Diario de los Debates - 19.   C SESIÓN (MATINAL) 28-11-2006
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