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2170   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2002
                  —La Participación en Rentas de Aduanas por el  Artículo 4.°.— Modificaciones Presupuesta-
                  monto de ciento treinta millones setecientos mil  rias en mayores ingresos por cualquier
                  y 00/100 nuevos soles (S/. 130 700 000,00).  Fuente de Financiamiento
                  —Las Contribuciones a Fondos por el monto de  El mayor ingreso por cualquier fuente de
                  novecientos cincuenta y dos millones cuatrocien-  financiamiento que se obtenga durante el año fis-
                  tos treinta y tres mil seiscientos catorce y 00/100  cal 2003, respecto a los niveles previstos en el
                  nuevos soles (S/. 952 433 614,00).          artículo 2.° de la presente Ley, podrá modificar el
                                                              nivel máximo del Presupuesto de Ingresos y
                  —Los Recursos del Fondo de Compensación     Egresos del Gobierno Nacional, Gobiernos Re-
                  Municipal por el monto de mil trescientos no-  gionales y Gobiernos Locales, de acuerdo con los
                  venta y siete millones y 00/100 nuevos soles  procedimientos establecidos por la normatividad
                  (S/. 1 397 000 000,00).                     presupuestaria aplicable y en las prioridades del
                                                              gasto, según corresponda, contenidas en el Mar-
                  —Los Recursos Directamente Recaudados por   co Macroeconómico Multianual.
                  el monto de dos mil seiscientos cuarenta y ocho
                  millones quinientos cuarenta y seis mil dos-  Artículo 5.°.— Equilibrio efectivo en la eje-
                  cientos noventa y dos y 00/100 nuevos soles  cución del Presupuesto del Sector Público
                  (S/. 2 648 546 292,00).
                                                              Promulgada la Ley Anual de Presupuesto del
                  —Los Recursos por Operaciones Oficiales de Cré-  Sector Público para el año fiscal 2003, el Poder
                  dito Interno por el monto de mil ochocientos cua-  Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y
                  renta y cuatro millones ochocientos treinta y seis  Finanzas, velará para que la distribución admi-
                  mil y 00/100 nuevos soles (S/. 1 844 836 000,00).  nistrativa de la asignación presupuestaria durante
                                                              el año fiscal mantenga el equilibrio efectivo en-
                  —Los Recursos por Operaciones Oficiales de Cré-  tre los Recursos Públicos y los Gastos Públicos.
                  dito Externo por el monto de seis mil doscientos
                  veintinueve millones novecientos ochenta y sie-  La distribución administrativa consiste en la au-
                  te mil cuatrocientos tres y 00/100 nuevos soles  torización de los recursos públicos a través de los
                                                              Calendarios de Compromiso que emite la Direc-
                  (S/. 6 229 987 403,00).
                                                              ción Nacional del Presupuesto Público.
                  —Los Recursos por Donaciones y Transferencias
                  por el monto de noventa millones ochocientos  Artículo 6.°.— Proyecciones Trimestrales de
                                                              Ingresos Fiscales
                  treinta y seis mil trescientos cincuenta y nueve
                  y 00/100 nuevos soles (S/. 90 836 359,00).
                                                              Autorízase al Poder Ejecutivo para que median-
                                                              te Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del
                  —Los Recursos por Privatización y Concesiones por  Consejo de Ministros, y a propuesta de la Direc-
                  el monto de mil cuatrocientos veinticuatro millo-  ción Nacional del Presupuesto Público, efectúe
                  nes y 00/100 nuevos soles (S/. 1 424 000 000,00).  las transferencias necesarias y asigne los recur-
                                                              sos efectivamente disponibles, por las Fuentes de
                  Artículo 3.°.— De las Exoneraciones Fisca-  Financiamiento ‘Recursos Ordinarios’, deducidos
                  les                                         los gastos tributarios ‘Recursos por Privatización
                                                              y Concesiones’ y ‘Recursos por Operaciones Ofi-
                  El Presupuesto del Sector Público para el año  ciales de Crédito’, cuando la proyección trimes-
                  fiscal 2003, consigna dentro de la Fuente de  tral de ingresos fiscales al cierre del año en curso
                  Financiamiento ‘Recursos Ordinarios’, la    muestre una desviación a la baja superior al 2%
                  suma de tres mil seiscientos veinticuatro mi-  respecto de los supuestos de ingreso y financia-
                  llones doscientos mil y 00/100 nuevos soles  miento que sustentan la autorización máxima de
                  (S/. 3 624 200 000,00) por concepto de Gastos  gasto aprobada en la Ley de Presupuesto del Sec-
                  Tributarios orientados a Inversiones y Otros  tor Público para el año fiscal 2003, con la finali-
                  Gastos Corrientes de los Gobiernos Regiona-  dad de garantizar la preservación del equilibrio
                  les y del Gobierno Nacional a través del Mi-  macrofiscal y el financiamiento de los programas
                  nisterio de Educación, tal como se desprende  de educación primaria, seguro integral de salud,
                  del Anexo ‘Gastos Tributarios’ que forma parte  programas alimentarios, seguridad ciudadana y
                  de la presente Ley. Dicho gasto únicamente  mantenimiento de la infraestructura económica.
                  se podrá ejecutar progresivamente, conforme
                  se dejen sin efecto las exoneraciones y benefi-  Asimismo, en caso que la proyección trimestral
                  cios fiscales vigentes.                     de ingresos tributarios al cierre del año en curso


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                   Diario de los Debates - 21.
                   Diario de los Debates - 21.21.   E S  E SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 29-11-2002 29-11-2002
                   Diario de los Debates - 21.   E SESIÓN (VESPERTINA) 29-11-2002
                   Diario de los Debates - 21.   E S  E SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 29-11-2002 29-11-2002
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