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Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Leche a nivel Provincial y Distrital, debiendo
de Relaciones Exteriores; para lo cual las Enti- las Municipalidades respectivas rendir cuenta del
dades del Sector Público, comunican su propuesta gasto efectuado y del origen de los alimentos ad-
al Ministro de Relaciones Exteriores, dentro de quiridos, bajo responsabilidad, dentro de los 15
los 30 (treinta) días siguientes de aprobada la (quince) días siguientes de vencido el mes, al
presente Ley. Órgano Rector del Sistema Nacional de Control.
Artículo 15º. Programa del Vaso de Leche. Articulo 16º. Utilización de Recursos por
Gobiernos Locales.
15.1. En armonía con lo dispuesto por la Ley Nº
24059, los recursos del Programa del Vaso de Precísase que los Gobiernos Locales, en cuanto a
Leche financian la ración alimenticia diaria, la ejecución de los recursos públicos que admi-
mayoritariamente de origen nacional, compues- nistran, se sujetan a las disposiciones legales que
ta por leche y/o alimento equivalente: quinua, señalan el destino o utilización de determinados
quiwicha, soya, avena o cualquier otro alimento, recursos en Gasto Corriente o de Capital, bajo
prioritariamente producido en la zona, utilizado responsabilidad del respectivo Titular del Plie-
por los pobladores de la región o zona como desa- go, dando cuenta al Concejo Municipal.
yuno, de acuerdo a sus hábitos de consumo.
Artículo 17º. Periodo de Regularización
15.2. Todos los excedentes que se generen como Presupuestaria.
resultado del uso alternativo de donaciones en
especie de los productos antes mencionados, se De conformidad con lo establecido por el artículo
orientan, necesariamente, a la adquisición de ali- 28º de la Ley Nº 26703 Ley de Gestión Presu-
mentos complementarios para el Programa del puestaria del Estado, modificado por el artícu-
Vaso de Leche. lo 1º de la Ley Nº 26884, fíjase el período de re-
gularización presupuestaria entre el 1 de enero
15.3. Los Concejos Municipales Distritales y Pro- y el 31 de marzo del año 2000.
vinciales darán cobertura a los beneficiarios del
citado programa (niños de 0 a 6 años, madres Asimismo, facúltase durante el precitado perío-
gestantes y en período de lactancia), priorizando do a la Dirección Nacional del Presupuesto Pú-
entre ellos la atención a quienes presenten un blico y a la Dirección General del Tesoro Públi-
estado de desnutrición o se encuentren afecta- co, a modificar los Calendarios de Compromiso y
dos por tuberculosis. las Autorizaciones de Giro, respectivamente, a
fin de adecuarlos a los desembolsos por Conve-
15.4. A fin de asegurar que el número de benefi- nios de Crédito y Donaciones suscritos con Orga-
ciarios no se reduzca, se autoriza al Ministerio nismos Internacionales.
de Economía y Finanzas a realizar las transfe-
rencias necesarias con cargo a la Reserva de Con- Subcapítulo II
tingencia. Asimismo, en la medida en que se cum-
pla con la atención a la población antes mencio- Modificaciones Presupuestarias
nada, se extenderá la atención a los niños de 7 a
13 años, ancianos y afectados por tuberculosis Artículo 18º. Modificaciones en el Grupo
en general. Genérico: Personal y Obligaciones Sociales.
15.5. El Ministerio de Economía y Finanzas auto- 18.1. Las Modificaciones Presupuestarias que se
riza los Calendarios de Compromiso y los giros de autoricen para el Grupo Genérico de Gasto 1 Per-
los recursos asignados al Programa del Vaso de sonal y Obligaciones Sociales, requieren infor-
Leche, a los Concejos Distritales y Provinciales, me favorable de la Dirección Nacional de Presu-
en concordancia con la normatividad vigente. puesto Público. Es nulo todo acto o disposición
en contrario, bajo responsabilidad.
15.6. Los intereses generados por depósitos en el
sistema financiero de los recursos correspondien- 18.2. En el caso de los Gobiernos Locales, las Mo-
tes al Programa del Vaso de Leche, se incorpo- dificaciones Presupuestarias que se autoricen para
ran al Presupuesto Municipal, previamente a su el precitado Grupo Genérico de Gasto, deben con-
ejecución, y se destinan a la adquisición de tar con la opinión favorable de la Oficina de Pre-
insumos y/o gastos de operación del citado pro- supuesto del Pliego y hacerse de conocimiento del
grama. Concejo Municipal, bajo sanción de nulidad.
15.7 La Contraloría General de la República su- Artículo 19º. Incorporación de Mayores
pervisa y controla el gasto del Programa del Vaso Recursos.
2018