Page 6 - Referendum en la Legislación comparada
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EL REFERÉNDUM EN LA LEGISLACIÓN COMPARADA




                  1. Antecedentes



                  En la búsqueda de la legitimación del poder  público,  los sistemas de  democracia
                                                                                         1
                  representativa  han incorporado  mecanismos de participación  directa , en  atención al
                  derecho de participación ciudadana en la dirección de los asuntos públicos y en el gobierno
                                                                                          2
                  del país, reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos , la Declaración
                  Americana  de los derechos  y deberes del hombre   y la  Convención Americana sobre
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                  Derechos Humanos . Más aún, la Carta Democrática Interamericana establece que «La
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                  democracia representativa se refuerza y profundiza con  la participación permanente,

                  ética y responsable de la ciudadanía », agregando que  la promoción y fomento  de
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                  «diversas formas de participación fortalece la democracia ».


                  Sobre la materia, la doctrina presenta posiciones divergentes frente a la democracia semi
                  directa. Por ejemplo, Lissidini (2011:32) pone de manifiesto los argumentos a favor y en

                  contra de la democracia directa. Sobre los beneficios dice que: (i) aumenta la calidad de
                  la democracia y del empoderamiento de la sociedad civil; (ii) aumenta el control político

                  y la transparencia; (iii) genera un mayor compromiso de la ciudadanía con la decisiones


                  1  «la democracia directa  implica un conjunto de prácticas, instituciones  y políticas por la que los individuos participan en el poder político,
                  lo más directamente posible y con el mínimo de intermediación. La democracia directa es más participación que intermediación.[…]. Desde
                  luego,  cuando  analizamos los sistemas políticos,  no  encontramos  ninguno en donde  haya  democracia  directa  pura, por  lo general
                  las  instituciones de la democracia directa aparecen combinadas o mezcladas con aquellas de la democracia representativa. Por estas
                  razones se habla de democracia semi directa». (COMBELLAS, 1996, pág. 133) …
                  2  Artículo 21 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes
                  libremente  escogidos. (…).
                  3  Artículo XX. Toda persona, legal- mente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus
                  representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres.
                   4  Artículo 23.  Derechos Políticos
                   1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:
                   a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
                   b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la
                   libre expresión de la voluntad de los electores, y
                   c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
                  5  Artículo 2 El ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del estado de derecho y los regímenes constitucionales de los
                  Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos. La democracia representativa se refuerza y profundiza con la participación
                  permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional.
                  6  Artículo 6
                  La participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad. Es también una
                  condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. Promover y fomentar diversas formas de participación fortalece la
                  democracia.
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                                    Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria
                                           Complejo Legislativo Av. Abancay 251 Of. 404.
                                                 Teléfono: 311 7777 anexos 7415
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