Page 56 - Referendum en la Legislación comparada
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País Norma Texto legal
de Sufragio de los ciudadanos peruanos residentes en el exterior;
realizado el cómputo nacional sobre el referéndum o materias
sometidas a consulta, y luego de haberse pronunciado el Jurado
Nacional de Elecciones sobre las observaciones hechas por sus
miembros y por los personeros, el Presidente del Jurado Nacional
de Elecciones proclama los resultados del referéndum o consulta
popular.
Perú Reglamento Artículo 81. Para el debate y aprobación de proposiciones de ley
del Congreso que no se refieran a materia común, se observarán las siguientes
de la reglas: a) Leyes de reforma de la Constitución; se aprobarán con
República el voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número
legal de Congresistas, para luego ser sometida a referéndum o, en
su defecto, será aprobada en dos períodos anuales de sesiones
sucesivos con el voto aprobatorio de un número superior a los dos
tercios del número legal de Congresistas.
La ley aprobada por cualquiera de las formas señaladas no puede
ser observada por el Presidente de la República. (…)
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