Page 30 - Referendum en la Legislación comparada
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Gráfico 3
                                                  Reforma Constitucional


                  Artículo 206 de la Constitución Política


                       Presidente de la República,   Congreso de la República  Poder Ejecutivo  Ciudadanía
                        Congresistas, ciudadanía






                                                  Estudio y debate  de
                            Presentación de iniciativa   proyecto de reforma
                            de reforma constitucional   constitucional.









                                                 Aprobación con el voto de la
                                                 mayoría absoluta del número
                                                   legal de miembros del
                                                 Congreso en una legislatura
                                                      ordinaria










                                                    Solicitud a la
                                                   autoridad electoral
                                                   para la realización   Convocatoria          Votación
                                                   de un referéndum






                                                                        Proclamación de
                                                                          resultados




                   Elaboración: Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria.





                                                                                                        25
                                    Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria
                                           Complejo Legislativo Av. Abancay 251 Of. 404.
                                                 Teléfono: 311 7777 anexos 7415
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