Page 3 - Manual de Etica Parlamentaria
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h)  Los bienes asignados para el desempeño de sus funciones deben utilizarse de
                   manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento.
               i)    El Congresista deberá presentar dentro de los siguientes quince días hábiles de
                   concluido  cada  Período  Anual  de  Sesiones,  al  Consejo  Directivo,  un  Informe
                   Anual  sobre  su  Gestión  y  Labor  Parlamentaria  realizada  en  dicho  periodo,  de
                   conformidad con el artículo 5° del Código.


               Articulo III.- Relaciones con los Congresistas y el Servicio Parlamentario

               a)  En su trato y relaciones tanto con otros parlamentarios como con el personal del
                   servicio  parlamentario,  el  congresista  debe  mantener  prácticas  de  cortesía,
                   decoro y respeto mutuo, en estricta concordancia con los principios de tolerancia,
                   respeto e integridad. Teniendo presente, en el último caso, el Reglamento Interno
                   de Trabajo y el Estatuto del Trabajador Parlamentario.
               b)  El parlamentario se abstendrá del uso de expresiones y vocabulario impropio o
                   degradante,  faltar  a  la  verdad,  la  inducción  consciente  al  error,  y  los  actos  o
                   comportamientos que afecten las buenas relaciones al interior del Congreso de la
                   República.

               c)  Durante las sesiones y a fin de mantenerse el orden necesario, se aplicarán las
                   normas  de  disciplina  parlamentaria  contenidas  en  el  artículo  24°  y  61°  del
                   Reglamento del Congreso.


               Artículo IV.- Corrupción

               La  Comisión  de  Ética  Parlamentaria  conforme  al  Código,  entenderá  por  actos  de
               corrupción:

               a)  El requerimiento, la aceptación, directa o indirecta, de cualquier objeto de valor
                   pecuniario u otros beneficios para sí mismo o terceros, a cambio de realizar u
                   omitir cualquier acto propio de sus funciones.

               b)  Obtener ventajas para sí o un tercero adoptando o promoviendo decisiones que
                   afecten intereses del Estado o contravengan normas legales.

               c)  Realizar  cualquier  acto  u  omisión  con  la  finalidad  de  obtener  ilícitamente
                   beneficios propios o para terceros.
               d)  El  aprovechamiento  doloso  o  la  ocultación  de  bienes  provenientes  de  actos
                   ilícitos.
               e)  El incremento evidente del patrimonio, durante el ejercicio de funciones, que no
                   pueda ser debidamente sustentado.
               f)  El  aprovechamiento  indebido  de  información  reservada  o  privilegiada  en
                   beneficio propio o de terceros.

               g)  Otros  actos  considerados  por  la  normatividad  penal  vigente  como  actos  de
                   corrupción.






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