Page 2 - Manual de Etica Parlamentaria
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presente  que  el  poder  proviene  del  pueblo.  Evitando  acciones  que  pudieran
                   poner en riesgo la democracia y el Estado Democrático de Derecho del país.
               i)  Bien común: Significa una actuación cuya preocupación central es la búsqueda
                   de la obtención del beneficio general aún a costa de intereses particulares.
               j)  Integridad:  Significa  que  debe  demostrar  un  comportamiento  coherente  e
                   íntegro.

               k)  Objetividad:  El  congresista  en  su  actuación  y  toma  de  decisiones,  debe  de
                   conducirse con criterios que no estén influenciados por intereses personales o
                   particulares.  Por lo  cual,  debe  de  apartarse  de  todo  tipo  de  prejuicios  o  actos
                   discriminatorios.
               l)  Justicia:  Implica  asumir  una  conducta  orientada  al  logro  de  la  armonía  y  el
                   equilibrio general a través de la instauración de la igualdad entre las partes y del
                   respeto a la legalidad, principalmente de los derechos humanos.
               m)  Otros principios de naturaleza análoga.


               Artículo II.-  Conducta Ética Parlamentaria
               a)  Al asumir el cargo congresal el parlamentario lo hace con pleno conocimiento y
                   compromiso  de  respeto  a  los  valores  y  principios  éticos  parlamentarios
                   contenidos  en  el  Código  de  Ética  y  en  el  presente  Reglamento,  debiendo
                   observarlos durante todo el tiempo que dure su mandato.
               b)  En el ejercicio de su labor parlamentaria el congresista debe mostrar vocación
                   de servicio al país, en ese sentido debe observar una entrega honesta y leal al
                   desempeño de su función buscando que prevalezca el interés general y el bien
                   común sobre cualquier interés particular.

               c)  El Congresista debe actuar comprometido con los valores que inspiran al Estado
                   Democrático  de  Derecho;  respetando  el marco  establecido  por la  Constitución
                   Política del Estado, el Reglamento del Congreso, las leyes, el Código de Ética
                   Parlamentaria y el presente Reglamento.
               d)  El congresista debe actuar siempre con probidad a fin de generar confianza y
                   credibilidad en la ciudadanía y coadyuvar a elevar el prestigio de la institución
                   parlamentaria.
               e)  El  congresista  debe  respetar  la  investidura  parlamentaria,  guardando  una
                   conducta coherente con el orden público y las buenas costumbres. Ello implica
                   respetar,  cumplir  y  aplicar  el  conjunto  de  reglas  e  instituciones  destinadas  al
                   buen  funcionamiento  de  la  vida  social,  la  seguridad  y  la  moralidad  de  las
                   relaciones en la comunidad.

               f)  El  Congresista  deberá  abstenerse  de  recibir  dádivas,  obsequios,  presentes  o
                   donaciones de cualquier tipo y de toda procedencia, que puedan comprometer la
                   objetividad  e  imparcialidad  de  su  actuación  parlamentaria  o  la  toma  de
                   decisiones.  Esta  prohibición  no  alcanza  a  lo  estipulado  en  el  título  IV  de  la
                   Sección Segunda del Código Civil.
               g)  El congresista tiene el deber de proteger y conservar los bienes que el Congreso
                   de  la  República  le  asigne,  debiendo  destinar  los  bienes  y  servicios  asignados
                   exclusivamente al cumplimiento de la labor congresal.

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