Page 73 - Manual de Comisiones Investigadoras
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g) Allanamiento de domicilio e incautación de documentos, libros
o archivos electrónicos o digitales
Ante la negativa de la persona notificada para la entrega de documentos,
libros, archivos electrónicos o digitales, bajo apercibimiento de aplicar
el apremio respectivo, la comisión investigadora puede solicitar ante
el órgano jurisdiccional que se realice el allanamiento e incautación
correspondiente con el apoyo de la fuerza pública. Para aplicar este
apremio la comisión investigadora debe adoptar acuerdo motivado
conforme a las reglas establecidas en el Reglamento del Congreso
de la República.
La solicitud debidamente motivada para aplicar este apremio se
presenta ante el juez especializado en lo penal de turno. Debe
adosarse a la solicitud la copia debidamente certificada por fedatario
del Congreso de la República de los siguientes documentos:
1) La moción de orden del día aprobada por el Pleno del Congreso.
2) Oficio mediante el cual el oficial mayor comunica el acuerdo del
Pleno del Congreso sobre el asunto de interés público que es 73
objeto de la investigación parlamentaria.
3) Acta de la sesión en la que se toma el acuerdo motivado
para solicitar que se realice el allanamiento e incautación
correspondiente con el apoyo de la fuerza pública.
4) El oficio, cédula o citación pública por edicto, con la advertencia Manual para Comisiones Investigadoras
sobre el uso del apercibimiento respectivo, mediante el cual se
realizó el requerimiento debidamente motivado para la entrega
de los documentos, libros, archivos electrónicos o digitales
requeridos, y el cargo de recepción.
5) Ubicación precisa, detallada en un croquis, del lugar donde
se realizará el allanamiento de domicilio e incautación de
documentos, libros, archivos electrónicos o digitales, entre otros,
que deben ser incautados.