Page 75 - Manual de Comisiones Investigadoras
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Participaron los señores congresistas presentando los siguientes argumentos:
Congresista 1: …
Congresista 2: …
Concluido el debate, el presidente sometió al voto la propuesta, siendo
aprobada por unanimidad/mayoría.
El presidente solicitó la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta
para proceder a ejecutar el acuerdo. Sometida a votación fue aprobada por
unanimidad/mayoría.
Siendo las … horas, el presidente levantó la sesión.
Firmas de congresistas que votaron a favor.
h) Cambio de condición de compareciente a condición de
investigado ante comisión investigadora
La persona citada para comparecer ante una comisión investigadora
tiene la condición de compareciente. Luego de prestada su 75
declaración o entregada la documentación por el compareciente,
este puede pasar a la condición de investigado si existe valoración
objetiva sobre indicios o hechos de presunta responsabilidad política,
administrativa, civil, penal o de cualquier otra naturaleza.
El cambio a la condición jurídica de investigado lo acuerda la
comisión investigadora, luego de merituar las razones que justifican Manual para Comisiones Investigadoras
dicho cambio.
El acuerdo debe adoptarse en sesión reservada. Se comunica
mediante oficio firmado por el presidente de la comisión investigadora,
a la persona que adquiere la nueva condición jurídica. El oficio debe
contener:
1) La precisión clara e inequívoca de la nueva condición jurídica
de la persona comprendida en la investigación jurídica, con
la descripción de los hechos o indicios por los cuales será
investigada.