Page 53 - Manual de Comisiones Investigadoras
P. 53
Es referencial y flexible, permite incorporar en cualquier etapa de la
investigación, los actos pertinentes para cumplir el encargo conferido
por el Pleno del Congreso.
En ningún caso, la comisión investigadora delegará a algún
congresista o creará grupos de trabajo para realizar la investigación
o determinado acto, porque la investigación corresponde a la
comisión creada por el Pleno del Congreso o a la comisión ordinaria
que recibe prerrogativas y facultades de comisión investigadora.
El plan de trabajo debe aprobarse como máximo en la primera sesión
que sigue a la sesión de instalación.
Debe contener, como mínimo, las siguientes partes:
- Descripción del asunto de interés público objeto de la
investigación, delimitado por el Pleno del Congreso al aprobar la
moción de orden del día que lo origina.
- Objetivos de la investigación parlamentaria.
- Metodología de la investigación, que comprende: planteamiento
de las líneas de investigación, estrategias para obtener la 53
información que requiera la investigación y propuesta del
mecanismo de análisis y valoración objetiva de los hechos e
información obtenidos.
- Establecimiento y calendarización de los actos de la investigación.
- Reglas de gestión interna de la comisión investigadora.
- Recursos técnicos y administrativos para el desarrollo de la
investigación. Manual para Comisiones Investigadoras