Page 30 - Manual de Comisiones Investigadoras
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2) Objetivos
El Manual para Comisiones Investigadoras tiene los siguientes
objetivos:
i) Uniformar los criterios, la terminología y la estructura de los
principales documentos correspondientes al procedimiento
de investigación parlamentaria.
ii) Aproximar a una metodología uniforme para la investigación
parlamentaria, en el marco de la Constitución Política del
Perú y el Reglamento del Congreso de la República.
iii) Acompañar el trabajo de los profesionales que participan en
el procedimiento de investigación parlamentaria, procurando
la eficiencia y eficacia.
c) El debido procedimiento en la investigación parlamentaria
El debido procedimiento parlamentario está integrado por los
principios del debido proceso que son exigibles o compatibles con la
investigación parlamentaria a cargo de las comisiones investigadoras.
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La investigación parlamentaria, además de la norma contenida en
Manual para Comisiones Investigadoras debe respetar las normas del ordenamiento jurídico, los tratados
el artículo 97 de la Constitución Política del Perú y las disposiciones
del artículo 88 del Reglamento del Congreso de la República,
internacionales suscritos por el Perú, la jurisprudencia, las normas
o acuerdos aprobados por el Pleno del Congreso o por el Consejo
Directivo del Congreso de la República, y la práctica parlamentaria,
siempre que no contravenga norma expresa.
Las comisiones investigadoras garantizan a las personas que
comparecen ante ellas, el respeto de los principios que inspiran el
debido procedimiento parlamentario y las normas señaladas.