Page 56 - Memoria Anual de Gestión de la Comision de Trabajo
P. 56

COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
                                                              "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
                                                                        “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”



                  Para superar este problema, la ONP estima la necesidad de ampliar la vigencia
                  del aporte social establecido por el Decreto Legislativo 1084, por un periodo de
                  20  años  revisable  cada  5  años,  manteniendo  el  importe  de  US$  1,95,
                  posteriormente,  hacer  estudios  económicos  para  analizar  la  factibilidad  de
                  incrementar el  valor  de  cuota  de  pesca.    En  extremo,  ampliarlo  por  10  años       56
                  más.

                  En mérito a esta información se procedió a elaborar el predictamen recaído en
                  los  Proyectos  de  Ley  418/2016-CR,  823/2016-CR,  1406/201-CR,  1984/2017-
                  CR Y 2470/2017-CR que, con un texto sustitutorio, propone la Ley que modifica
                  la Ley 30003, Ley que regula el régimen especial de seguridad social para los
                  trabajadores y pensionistas pesqueros.

                  Para  su  elaboración  se  tuvo  en  consideración  lo  establecido  por  el  Decreto
                  Supremo 003-98-SA, que considera la actividad del hombre de mar como una
                  de  naturaleza  aleatoria,  riesgosa  y  demanda  un  gran  esfuerzo,  así  como  la
                  Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente 1472-2009-PA-
                  TC, que establece en el fundamento 43, lo siguiente:

                             “(…) las empresas industriales pesqueras no solo explotan un recurso (hidrobiológico) que
                             pertenece a la nación, sino que, además, se encuentran en el ámbito del mismo sector al
                             que pertenecen los trabajadores pescadores.  En efecto, los trabajadores pescadores son
                             quienes con su trabajo (riesgoso, aleatorio, de gran esfuerzo físico) extraen el recurso que
                             las empresas industriales procesarán; es decir, se trata de una cadena productiva en el
                             sector pesquero que se inicia con el trabajo del pescador, por lo que resulta equitativo y
                             razonable  que,  en  atención  al  principio  de  solidaridad,  el  sector  que  genera  mayores
                             ingresos y utilidades coadyuve al fortalecimiento y viabilidad del Fondo de Jubilación”.











                     CUARTA SESIÓN ORDINARIA 25/SETIEMBRE/2018
                            SR. DIEGO ARRIETA ELGUERA            DÉCIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA 12/MARZO/2019
                                 JEFE DE LA ONP                          SOMETIÓ A DEBATE DICTAMEN


                  En la Sesión Ordinaria N° 11 de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social,
                  realizada el día martes 12 de marzo de 2019, se sometió a debate el dictamen
                  en referencia, en donde se aprobó que antes de someter a votación, se reciba
                  los  informes  del  Ministerio  de  Economía  y  Finanzas,  del  Ministerio  de  la
                  Producción, y de las instituciones involucradas.
   51   52   53   54   55   56   57   58   59   60   61