Page 33 - Memoria Anual de Gestión de la Comision de Trabajo
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COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
                                                              "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
                                                                        “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”



                        encuentran reguladas por la Ley 27735, y por el Decreto Legislativo 1405,
                        respectivamente, pero se establece que los montos son fijados por la Ley
                        de Presupuesto del Sector Público. Si el objetivo del Decreto Legislativo
                        es regular sobre la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos y la Planilla
                        Única, uno de los puntos que ameritan ser regulados son los beneficios                 33
                        sociales, vale decir, los conceptos por los cuales se le va a remunerar al
                        trabajador  público,  y  en  este  extremo  no  solo  se  deja  de  lado  su
                        regulación, sino que recae en insuficiente.
                       Se aprecia  una extralimitación  en el otorgamiento de facultades cuando
                        se  le  otorga  a  la  Dirección  General  de  Gestión  Fiscal  de  los  Recursos
                        Humanos  la  facultad  de  recabar  información  personal  de  todas  las
                        instituciones  públicas  cuando  así  lo  requiera,  lo  que  no  solo  resulta
                        peligroso  porque  podría  utilizarse  de  manera  indebida,  sino  que  estaría
                        afectando  derechos  constitucionales  y  fundamentales  de  las  personas,
                        contraviniendo con nuestra Carta Magna y deviene en inconstitucional.
                       Pese a las omisiones advertidas, se ha cuidado que el cumplimiento de la
                        referida  norma  se  aplique  o  ejecute  sin  cuestionamiento  alguno,  caso
                        contrario,  la  Dirección  General  de  Gestión  Fiscal  de  los  Recursos
                        Humanos  emite  informe  obligando  a  la  Contraloría  General  de  la
                        República para que “actúe de acuerdo a su competencia”, esto es abrir
                        investigación  y  posterior  sanción  al  funcionario  que  tenga  que
                        pronunciarse desviándose de lo previsto por esta norma, restringiendo de
                        esta manera la que cualquier institución pública, sea Gobierno Regional o
                        Local,  institución  constitucional,  universidades,  entre  otros,  puedan
                        cumplir  con  cualquier  incremento  remunerativo  adquirido  a  través  de
                        negociaciones colectivas.

                  Asimismo, se tuvo en consideración el cuestionamiento al Decreto Legislativo
                  1450, porque:
                       Modifica  4  artículos  del  Decreto  Legislativo  1023,  y  3  de  ellos,  guarda
                        relación  directa  con  el  Decreto  Legislativo  1442,  que  se  propone  su
                        derogatoria.
                       Incorpora  2  artículos,  y  uno  de  ellos  guarda  armonía  con  el  Decreto
                        Legislativo 1442.
                       3 de los 6 artículos que modifica la Ley 30057, guardan relación con el
                        Decreto Legislativo 1442.

                  Cabe señalar que, el Proyecto de Ley 3432/2018-CR, que propone derogar el
                  Decreto Legislativo 1442, en oportunidad que se encontraba premunido de un
                  dictamen  aprobado  por  unanimidad  por  una  comisión  ordinaria,  no  volvió  a
                  aparecer en la agenda del Pleno del Congreso.

                  Por otro lado, en la sesión del Pleno del Congreso del 18 de octubre de 2018,
                  se aprobó el dictamen que propone la Ley de negociación colectiva en el sector
                  estatal.    En  su  debate  y  posterior  aprobación,  se  incorporó  una  Disposición
                  Complementaria  Derogatoria  que  establece  la  derogación  de  los  Decretos
                  Legislativos 1442 y 1450.
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