Page 14 - Reglamento del Congreso 2012
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En caso de vacancia de cualquiera de los cargos de la Mesa

                  Directiva, el Presidente o quien lo reemplace convocará a

                  elecciones dentro de los cinco días posteriores de oficializarse

                   la vacancia. En esta hipótesis, de ser necesario puede citar

                  a sesión especial;
                  (Mículo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de fecha 6 de marzo

                   de 1998)






                                              CAPÍTULO II




                                   Estatuto de los Congresistas



                   Denominación de los miembros del Congreso

                   Artículo 13. Los representantes al Congreso se denominan

                   Congresistas. En los documentos oficiales pueden utilizar,

                   debajo de su nombre, la denominación Congresista de la
                   República.




                   Mandato Representativo

                    Artículo 144 Los Congresistas representan a la Nación. No

                   están sujetos a mandato imperativo.




                    Irrenunciabilidad al cargo y vacancia
                    Artículo 15. El cargo de Congresista es irrenunciable. Sólo

                    vaca por muerte, inhabilitación fisica o mental permanente

                    que impida ejercer la función y por inhabilitación superior

                    al período parlamentario o destitución en aplicación de lo

                    que establece el artículo 100 de la Constitución Política.



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