Page 14 - Reglamento del Congreso 2012
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En caso de vacancia de cualquiera de los cargos de la Mesa
Directiva, el Presidente o quien lo reemplace convocará a
elecciones dentro de los cinco días posteriores de oficializarse
la vacancia. En esta hipótesis, de ser necesario puede citar
a sesión especial;
(Mículo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de fecha 6 de marzo
de 1998)
CAPÍTULO II
Estatuto de los Congresistas
Denominación de los miembros del Congreso
Artículo 13. Los representantes al Congreso se denominan
Congresistas. En los documentos oficiales pueden utilizar,
debajo de su nombre, la denominación Congresista de la
República.
Mandato Representativo
Artículo 144 Los Congresistas representan a la Nación. No
están sujetos a mandato imperativo.
Irrenunciabilidad al cargo y vacancia
Artículo 15. El cargo de Congresista es irrenunciable. Sólo
vaca por muerte, inhabilitación fisica o mental permanente
que impida ejercer la función y por inhabilitación superior
al período parlamentario o destitución en aplicación de lo
que establece el artículo 100 de la Constitución Política.
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